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Ana B Valverde-Cano
  • Despacho 230, Facultad de Derecho, Plaza Menéndez Pelayo 4, Moncloa-Aravaca
En violaciones grupales, una interpretación muy extendida es que hay «tantos delitos como intervinientes». En la práctica, esto se traduce en que se castiga como autor al que realiza directamente el acto sexual y como coautores o... more
En violaciones grupales, una interpretación muy extendida es que hay «tantos delitos como intervinientes». En la práctica, esto se traduce en que se castiga como autor al que realiza directamente el acto sexual y como coautores o cooperadores necesarios a los demás; y que, si intercambian roles, hay un nuevo delito del que los demás nuevamente participan. En este trabajo defiendo que este criterio para individualizar acciones típicas no es adecuado porque está basado en premisas incorrectas (como que las violaciones deben realizarse «de propia mano») o porque conduce a resultados desproporcionados. Estos escenarios donde, pese a que intervienen varios sujetos, puede identificarse una unidad espacio-temporal y unidad de injusto, deberían considerarse supuestos de «unidad de acción» en los que hay una sola acción colectiva agravada por el actuar conjunto, y castigarse como tal.
En violaciones grupales, una interpretación muy extendida es que hay «tantos delitos como intervinientes». En la práctica, esto se traduce en que se castiga como autor al que realiza directamente el acto sexual y como coautores o... more
En violaciones grupales, una interpretación muy extendida es que hay «tantos delitos como intervinientes». En la práctica, esto se traduce en que se castiga como autor al que realiza directamente el acto sexual y como coautores o cooperadores necesarios a los demás; y que, si intercambian roles, hay un nuevo delito del que los demás nuevamente participan. En este trabajo defiendo que este criterio para individualizar acciones típicas no es adecuado porque está basado en premisas incorrectas (como que las violaciones deben realizarse «de propia mano») o porque conduce a resultados desproporcionados. Estos escenarios donde, pese a que intervienen varios sujetos, puede identificarse una unidad espacio-temporal y unidad de injusto, deberían considerarse supuestos de «unidad de acción» en los que hay una sola acción colectiva agravada por el actuar conjunto, y castigarse como tal
Si el «no es no» admitió sin reservas que la posibilidad de cualquier persona de negarse en cualquier momento a un intercambio sexual era un bien irrenunciable, el cambio de fórmula («solo sí es sí») ha revelado otra pregunta fundamental... more
Si el «no es no» admitió sin reservas que la posibilidad de cualquier persona de negarse en cualquier momento a un intercambio sexual era un bien irrenunciable, el cambio de fórmula («solo sí es sí») ha revelado otra pregunta fundamental e infinitamente más difícil de responder. ¿Cuándo el «sí» transforma jurídicamente una relación sexual en una consentida? ¿Y cuándo, a pesar de ese «sí», la relación debe considerarse jurídicamente no consentida y, por tanto, una agresión sexual? En este trabajo se analizan tres premisas para facilitar la discusión sobre los engaños que vician el consentimiento sexual: (1) El artículo 178 CP no se pronuncia sobre la relevancia típica de los engaños en las relaciones sexuales, lo que no quiere decir que los rechace, pero tampoco que los respalde. (2) En el Código Penal conviven distintos estándares para consentir válidamente, que varían en función del objeto sobre el que recaen, y son más o menos respetuosos con la auténtica voluntad del sujeto. Y (3) no todo lo que tiene que ver con lo sexual determina que sea de aplicación el régimen de los delitos sexuales. Sobre estas tres premisas se proponen unas incipientes bases para la resolución de este tipo de casos.
Tras el transcurso de casi dos décadas desde la aprobación del Protocolo de Palermo, estamos en condiciones evaluar críticamente si se ha consolidado un régimen transnacional eficaz que permita la asistencia mutua eficaz en materia penal... more
Tras el transcurso de casi dos décadas desde la aprobación del Protocolo de Palermo, estamos en condiciones evaluar críticamente si se ha consolidado un régimen transnacional eficaz que permita la asistencia mutua eficaz en materia penal o si, por el contrario, continúa tratándose de un régimen fragmentado. A pesar de la armonización del concepto de trata, una defectuosa comprensión de su naturaleza abusiva ha dado lugar a lecturas muy singulares del fenómeno reflejadas en las normativas domésticas, por ejemplo, estableciendo un delito de trata donde no se exige el empleo de ciertos medios comisivos. El objetivo de este trabajo consiste en ofrecer una reformulación del paradigma de la trata, poniendo el foco en lo que convierte la trata en una práctica abusiva o «de explotación» per se: la utilización de ciertos medios y no únicamente las finalidades de explotación. Este cambio de paradigma, además de ser útil para acometer los desafíos que plantea la cooperación interestatal, nos a...
En este trabajo se estudia el concepto de trabajos forzosos u obligatorios en el Derecho Internacional, con el objetivo de extraer unos criterios normativos que permitan identificar lo que es –y sobre todo, lo que no es– el trabajo... more
En este trabajo se estudia el concepto de trabajos forzosos u obligatorios en el Derecho Internacional, con el objetivo de extraer unos criterios normativos que permitan identificar lo que es –y sobre todo, lo que no es– el trabajo forzoso. Para ello, en primer lugar se argumenta que la definición en vigor continúa siendo la del Convenio No. 29 de la OIT sobre el trabajo forzoso, y a continuación, se analiza y desglosa el significado normativo de la prohibición para determinar el umbral mínimo de las obligaciones de los Estados al respecto, especialmente de aquellos vinculados por la jurisprudencia del TEDH. En particular, se identifica el papel que juega la gravedad de los abusos en la evaluación de la validez del consentimiento, y la función de las “excepciones” del trabajo forzoso en la delimitación del mismo. De este modo, aunque la jurisprudencia de los organismos con competencias al respecto interprete el concepto de una manera contradictoria, puede demostrarse que esta contra...
The fight against contemporary forms of slavery is a top priority in the current global agenda. This article reviews and assesses the domestic diversity of labour exploitation regulation. In part 1, the article reviews the concept of... more
The fight against contemporary forms of slavery is a top priority in the current global agenda. This article reviews and assesses the domestic diversity of labour exploitation regulation. In part 1, the article reviews the concept of labour exploitation in international and European law, whilst part 2 provides an overview of three legal frameworks - Italy, Spain and the UK. A comparative analysis considers the extent to which these countries implement international legal obligations both in law and practice. Finally, the article seeks to promote cross-fertilisation of experiences and dialogue among legal practitioners, both domestically and between different countries.
This article is an exploratory study presenting empirically based analyses of gender-based hate crime policy and practice from the perspectives of law enforcement officials in Ireland and England and Wales, in the United Kingdom. Despite... more
This article is an exploratory study presenting empirically based analyses of gender-based hate crime policy and practice from the perspectives of law enforcement officials in Ireland and England and Wales, in the United Kingdom. Despite increasing awareness of victims of gender-based hate crimes, robust legislation and successful investigation and prosecution of these offences remain rare. By developing a critical, evidence-based understanding of the factors impeding effective investigation of gender-based hate crimes, this research provides an early foundation for a more rigorous, survivor-centred approach. This article examines and problematises concepts and norms relating to gender-based hate crimes in law and policy. It analyses the significance of gender in hate crime legislation and examines the relationship between gender-based violence and gender-based hate crimes. Drawing on two case studies, this article suggests ways to refine and redirect law enforcement efforts to improve the quality of outcomes in criminal cases and the quality of survivors' experiences.
This research is two-fold. First, it describes international standards of the definitions of slavery, servitude, forced labour, and human trafficking. Second, it argues that the absence of a specific criminalisation within the Spanish... more
This research is two-fold. First, it describes international standards of the definitions of slavery, servitude, forced labour, and human trafficking. Second, it argues that the absence of a specific criminalisation within the Spanish criminal context amounts to a breach of Spain's positive obligations under the European Convention of Human Rights (Article 4).
The purposes of the study was to examine what is known about effective policy to achieve SDG Target 8.7 in the context of justice, by: (1) collecting and collating existing evidence on what works; (2) identifying the range of claims and... more
The purposes of the study was to examine what is known about effective policy to achieve SDG Target 8.7 in the context of justice, by: (1) collecting and collating existing evidence on what works; (2) identifying the range of claims and hypotheses captured in academic and grey literature, and the evidentiary foundations of these hypotheses; and (3)
conducting mixed methods analysis of strengths, weaknesses, and trends in the evidence base. As such, the overarching research question for this study was:
What is known about works at the State and multinational policy level to
address modern slavery in the context of justice?
Justice in this context is understood as encompassing criminal justice, civil justice, international justice, survivor engagement and support, and health policy and practice. The study further considers additional cross-cutting themes (applicable in the context of justice, but also in the parallel contexts of markets and crisis), namely gender, education, social policy, and climate and environment. Themes considered in the parallel markets and crisis reviews are also considered in this report. This study is intended to inform the development of a Policy Guide by Delta 8.7 and the global expert Working Group convened by the United Nations University Centre for Policy Research (UNU-CPR). The Policy Guide is intended to help identify the mix of multilateral and national policies needed to accelerate progress towards SDG 8.7 in the broad policy
domain of justice. The Policy Guide is targeted towards an audience of multilateral and national-level policymakers. The review therefore focuses specifically on findings relevant to national and multilateral policy, within the specific area of justice.
The purpose of the study was to examine what is known about effective policy to achieve SDG Target 8.7 in the context of crisis, by: (1) collecting and collating existing evidence on what works; (2) identifying the range of hypotheses... more
The purpose of the study was to examine what is known about effective policy to achieve SDG Target 8.7 in the context of crisis, by: (1) collecting and collating existing evidence on what works; (2) identifying the range of hypotheses captured in academic and grey literature, and the evidentiary foundations of these claims; and (3) conducting mixed methods analysis of strengths, weaknesses, and trends in the evidence base. As such, the overarching research question for this study was:
What is known about works at the State and multinational policy level to address modern slavery in the context of crisis?
The purposes of the study was to examine what is known about effective policy to achieve SDG Target 8.7 in the context of justice, by: (1) collecting and collating existing evidence on what works; (2) identifying the range of claims and... more
The purposes of the study was to examine what is known about effective policy to achieve SDG Target 8.7 in the context of justice, by: (1) collecting and collating existing evidence on what works; (2) identifying the range of claims and hypotheses captured in academic and grey literature, and the evidentiary foundations of these hypotheses; and (3) conducting mixed methods analysis of strengths, weaknesses, and trends in the evidence base. As such, the overarching research question for this study was: What is known about works at the State and multinational policy level to
address modern slavery in the context of justice?

Justice in this context is understood as encompassing criminal justice, civil justice, international justice, survivor engagement and support, and health policy and practice.
The study further considers additional cross-cutting themes (applicable in the context of justice, but also in the parallel contexts of markets and crisis), namely gender, education, social policy, and climate and environment. Themes considered in the parallel markets and crisis reviews are also considered in this report. This study is intended to inform the development of a Policy Guide by Delta 8.7 and the global expert Working Group convened by the United Nations University Centre for Policy Research (UNU-CPR). The Policy Guide is intended to help identify the mix of multilateral and national policies needed to accelerate progress towards SDG 8.7 in the broad policy domain of justice. The Policy Guide is targeted towards an audience of multilateral and national-level policymakers. The review therefore focuses specifically on findings relevant to national and multilateral policy, within the specific area of justice
En este trabajo se estudia el concepto de trabajos forzosos u obligatorios en el Derecho Internacional, con el objetivo de extraer unos criterios normativos que permitan identificar lo que es-y sobre todo, lo que no es-el trabajo forzoso.... more
En este trabajo se estudia el concepto de trabajos forzosos u obligatorios en el Derecho Internacional, con el objetivo de extraer unos criterios normativos que permitan identificar lo que es-y sobre todo, lo que no es-el trabajo forzoso. Para ello, en primer lugar se argumenta que la definición en vigor continúa siendo la del Convenio No. 29 de la OIT sobre el trabajo forzoso, y a continuación, se analiza y desglosa el sig-nificado normativo de la prohibición para determinar el umbral mínimo de las obligaciones de los Estados al respecto, especialmente de aquellos vinculados por la jurisprudencia del TEDH. En particular, se identifica el papel que juega la gravedad de los abusos en la evaluación de la validez del consentimiento, y la función de las «excepciones» del trabajo forzoso en la delimitación del mismo. De este modo, aunque la jurisprudencia de los organismos con competencias al respecto interprete el concepto de una manera contradictoria, puede demostrarse que esta contradicción es más aparente que real. Finalmente, se propone una herramienta que permite identificar los elementos esenciales y no esenciales del trabajo forzoso: el continuum de control. Este criterio pone el énfasis en los elementos de control subyacentes que pueden limitar o impedir consentir válidamente, y nos permite deslindar el concepto de trabajo forzoso de figuras limítro-fes como la esclavitud, la servidumbre o la explotación laboral, aportando criterios para la regulación a nivel nacional. Palabras clave: Trabajos forzosos, explotación laboral, jurispruden-cia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, continuum de control.
Tras el transcurso de casi dos décadas desde la aprobación del Protocolo de Palermo, estamos en condiciones evaluar críticamente si se ha consolidado un régimen transnacional eficaz que permita la asistencia mutua eficaz en materia penal... more
Tras el transcurso de casi dos décadas desde la aprobación del Protocolo de Palermo, estamos en condiciones evaluar críticamente si se ha consolidado un régimen transnacional eficaz que permita la asistencia mutua eficaz en materia penal o si, por el contrario, continúa tratándose de un régimen fragmentado. A pesar de la armonización del concepto de trata, una defectuosa comprensión de su naturaleza abusiva ha dado lugar a lecturas muy singulares del fenómeno reflejadas en las normativas domésticas, por ejemplo, estableciendo un delito de trata donde no se exige el empleo de ciertos medios comisivos. El objetivo de este trabajo consiste en ofrecer una reformulación del paradigma de la trata, poniendo el foco en lo que convierte la trata en una práctica abusiva o «de explotación» per se: la utilización de ciertos medios y no únicamente las finalidades de explotación. Este cambio de paradigma, además de ser útil para acometer los desafíos que plantea la cooperación interestatal, nos ayuda a identificar las conductas relevantes en términos de explotación y permite abordar las críticas de los que –en ocasiones, acertadamente– ven en el régimen contra la trata una herramienta de control migratorio más.
The fight against contemporary forms of slavery is a top priority in the current global agenda. This article reviews and assesses the domestic diversity of labour exploitation regulation. In part 1, the article reviews the concept of... more
The fight against contemporary forms of slavery is a top priority in the current global agenda. This article reviews and assesses the domestic diversity of labour exploitation regulation. In part 1, the article reviews the concept of labour exploitation in international and European law, whilst part 2 provides an overview of three legal frameworks - Italy, Spain and the UK. A comparative analysis considers the extent to which these countries implement international legal obligations both in law and practice. Finally, the article seeks to promote cross-fertilisation of experiences and dialogue among legal practitioners, both domestically and between different countries.