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espanolLas intervenciones biotecnologicas inciden sobre el cuerpo de maneras nuevas y poderosas en el proceso de procreacion, a traves de acciones de mejora o de reemplazo del cuerpo, o por la busqueda de la in mortalidad del cuerpo. Ello... more
espanolLas intervenciones biotecnologicas inciden sobre el cuerpo de maneras nuevas y poderosas en el proceso de procreacion, a traves de acciones de mejora o de reemplazo del cuerpo, o por la busqueda de la in mortalidad del cuerpo. Ello supone nuevos desafios juridicos para lograr que esta biotecnociencia no considere al cuerpo como material operable y disponible sino como lo que es, la persona misma. En este articulo nos proponemos estudiar estos desafios part iendo de la dignidad humana como principio fundamental y haciendo foco en cuatro cuestiones juridicas: las intervenciones de mejora y su exigibilidad juridica; la mercantilizacion de la vida humana; las crecientes desigualdades sociales y el surgimiento de nuevas formas de discriminacion; y el principio de integridad de la especie human EnglishBiotechnological interventions affect the human body in new and powerful ways in the process of procreation, through actions of enhancement or replacement of the body, or by the searc...
Through the combination of biotechnologies, genetic engineering, nanorobotics and neurosciences, in alliance with the sciences and information technologies, the human body is crossed by new and complex ethical and legal problems. There is... more
Through the combination of biotechnologies, genetic engineering, nanorobotics and neurosciences, in alliance with the sciences and information technologies, the human body is crossed by new and complex ethical and legal problems. There is a mentality that considers the body as “available material” to be transformed and even replaced at will. In this work we try to present a description of some of the biotechnological possibilities 1 Este texto corresponde a la “Lectio inaugural” del Año Académico de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina (Buenos Aires, 21 de marzo de 2017). 2 Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana. nicolas_lafferriere@uca.edu.ar.
Este artículo se enmarca en un proyecto de investigación que indaga en la multiplicidad semántica que reviste el tér-mino “dignidad” en los casos contenciosos y en las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.... more
Este artículo se enmarca en un proyecto de investigación que indaga en la multiplicidad semántica que reviste el tér-mino “dignidad” en los casos contenciosos y en las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ello implica partir de la hipótesis de que dicha variedad de significados existe, y de que el análisis de este tópico es relevante, por cuanto permite clarificar el impacto de las posturas tomadas sobre la concreción de derechos. El trabajo que aquí presentamos constituye una primera aproximación al estado de la cuestión a partir de una revisión de las posiciones doctrinarias respecto de qué significados puede tener el término “dignidad”, con especial referencia a las normas e interpretación jurisprudencial en el ámbito de los derechos humanos. Esta revisión es útil para realizar una propuesta de sistematización y clasificación de esos posibles usos para futuros trabajos de investigación jurisprudencial.
La regulación civil de la capacidad de ejercicio se ha visto transformada por las convenciones sobre los derechos del niño y sobre los derechos de las personas con discapacidad. En este trabajo se indagan las proyecciones de dichos... more
La regulación civil de la capacidad de ejercicio se ha visto transformada por las convenciones sobre los derechos del niño y sobre los derechos de las personas con discapacidad. En este trabajo se indagan las proyecciones de dichos cambios en tres aspectos: la tensión entre autonomía y protección, las transformaciones en relación con los representantes y apoyos, y el desborde de la noción civilista de capacidad de ejercicio asociada a los actos jurídicos. Se toma como ejemplo para el análisis el ordenamiento jurídico argentino y se formulan conclusiones referidas a la posibilidad de una regulación común.
El Código Civil y Comercial de la Argentina en su artículo 26 introduce un sistema gradual de capacidad para las personas menores de edad en relación a los tratamientos médicos. Partiendo de la Convención sobre los Derechos del Niño y de... more
El Código Civil y Comercial de la Argentina en su artículo 26 introduce un sistema gradual de capacidad para las personas menores de edad en relación a los tratamientos médicos. Partiendo de la Convención sobre los Derechos del Niño y de las leyes de Salud Sexual y de derechos del paciente, estudiaremos el artículo, sus fundamentos y la distinción entre los tipos de tratamientos médicos  y las edades del niño. También analizaremos las otras disposiciones sobre la responsabilidad parental y las leyes especiales referidas a temas de salud que continúan vigentes. Procuraremos mostrar que la mayoría de edad anticipada en materia médica tuvo origen en el contexto de los debates sobre el acceso de adolescentes a los anticonceptivos y que la extensión que realiza el nuevo Código Civil a todos los “tratamientos médicos” resulta problemática, desordenada, insuficiente y contradictoria con otras normas recientes. 
Quando, se mai, è nel migliore interesse di una persona con demenza rifiutare o revocare il trattamento medico, compresa la fornitura artificiale di cibo e liquidi? Il contributo si interroga sull’assunto per cui le Direttive Anticipate... more
Quando, se mai, è nel migliore interesse di una persona con demenza rifiutare o revocare il trattamento medico, compresa la fornitura artificiale di cibo e liquidi? Il contributo si interroga sull’assunto per cui le Direttive Anticipate concernenti la non esecuzione del trattamento in una fase precoce della vita debbano essere sempre considerate come moralmente vincolanti. Si è sostenuto che le persone affette da demenza devono essere incoraggiate a prendere parte alle decisioni che riguardano il loro trattamento. Se il paziente è incapace di prendere parte a tale decisione, occorre ricordare che questi rimane una persona la cui intrinseca dignità umana deve essere rispettata. Anche quando la mente è in parte compromessa, il corpo umano rimane la casa dello spirito umano, la parte tangibile del sé personale e relazionale. Quindi ci dovrebbe sempre essere una presunzione in favore della vita, mentre se il trattamento risulta essere futile o eccessivamente oneroso esso deve essere sos...
Chapitre 9. Protection juridique de l’information personnelle de sante dans la telemedecine dans le cadre du MERCOSURDans cet article on analyse la normative en vigueur dans le cadre du MERCOSUR vis-a-vis de la protection juridique des... more
Chapitre 9. Protection juridique de l’information personnelle de sante dans la telemedecine dans le cadre du MERCOSURDans cet article on analyse la normative en vigueur dans le cadre du MERCOSUR vis-a-vis de la protection juridique des donnees personnelles en telemedicine. La telemedicine est une nouvelle forme d’exercice de la medicine qui pose des defis juridiques, et on considere en particulier son encadrement juridique general dans le contexte du MERCOSUR. On considere le MERCOSUR comme un point de depart interessant pour notre analyse car il s’agit d’un systeme d’integration avec plus de vingt ans depuis sa mise en œuvre, que nous permettra verifier l’etat des avances dans la consideration juridique de cette nouvelle realite dans le domaine de la sante. Parmi les nombreux sujets qui peuvent etre abordees liees a la telemedicine, tels que la responsabilite civil des professionnels, l’habilitation pour l’exercice des professions, la protection des donnees personnelles, les systemes de paiements et remboursements des services medicaux, le consentement informe, et la relation medecin-patient, on essayera de cibler celui de la protection des donnees personnelles. Avec cet objectif, notre analyse prend comme point de depart l’absence de normative specifique sur la telemedicine dans le systeme normatif du MERCOSUR. La situation de l’Argentine et le Bresil est aussi consideree en particuliere. Finalement, en fonction des resultats on presente des propositions de politiques publiques dans le domaine.
Laferriere, Jorge Nicolás y Lell, Helga María (2020). Hacia una sistematización de los usos semánticos del concepto de dignidad humana en la protección internacional de derechos humanos: una revisión doctrinaria. Cuestiones... more
Laferriere, Jorge Nicolás y Lell, Helga María (2020). Hacia una sistematización de los usos semánticos del concepto de dignidad humana en la protección internacional de derechos humanos: una revisión doctrinaria. Cuestiones Constitucionales, 43 julio-diciembre de 2020. México, UNAM. ISSN 1405-9193 e-ISSN 2448-4881 Pp. 129-167. DOI: http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484881e.2020.43.15181
Research Interests:
1. Introducción Dentro del complejo y vasto conjunto de problemas que ha suscitado la pandemia provocada por el coronavirus (Covid-19), encontramos un número importante de temas de bioética. En este trabajo me propongo presentar un elenco... more
1. Introducción Dentro del complejo y vasto conjunto de problemas que ha suscitado la pandemia provocada por el coronavirus (Covid-19), encontramos un número importante de temas de bioética. En este trabajo me propongo presentar un elenco de esas cuestiones. El objetivo no es agotar su tratamiento, sino ofrecer un panorama de los puntos que están en discusión, junto con una enunciación de los principios ético-jurídicos implicados.
La regulación civil de la capacidad de ejercicio se ha visto transformada por las convenciones sobre los derechos del niño y sobre los derechos de las personas con discapacidad. En este trabajo se indagan las proyecciones de dichos... more
La regulación civil de la capacidad de ejercicio se ha visto transformada por las convenciones sobre los derechos del niño y sobre los derechos de las personas con discapacidad. En este trabajo se indagan las proyecciones de dichos cambios en tres aspectos: la tensión entre autonomía y protección, las transformaciones en relación con los representantes y apoyos, y el desborde de la noción civilista de capacidad de ejercicio asociada a los actos jurídicos. Se toma como ejemplo para el análisis el ordenamiento jurídico argentino y se formulan conclusiones referidas a la posibilidad de una regulación común.
En el presente trabajo comentamos la sentencia que dictó la sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la causa "Defensor del Pueblo de la CABA y otros c. GCBA... more
En el presente trabajo comentamos la sentencia que dictó la sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la causa "Defensor del Pueblo de la CABA y otros c. GCBA y otros s/ amparo" (expte. A1861/2017) con fecha 4 de agosto de 2017. La novedad de la sentencia que comentamos es que por primera vez se pretende avanzar con una acción colectiva para legitimar la maternidad subrogada para todas las uniones de varones de la Ciudad de Buenos Aires.
Las intervenciones biotecnológicas inciden sobre el cuerpo de maneras nuevas y poderosas en el proceso de procreación, a través de acciones de mejora o de reemplazo del cuerpo, o por la búsqueda de la inmortalidad del cuerpo. Ello supone... more
Las intervenciones biotecnológicas inciden sobre el cuerpo de maneras nuevas y poderosas en el proceso de procreación, a través de acciones de mejora o de reemplazo del cuerpo, o por la búsqueda de la inmortalidad del cuerpo. Ello supone nuevos desafíos jurídicos para lograr que esta biotecnociencia no considere al cuerpo como material operable y disponible sino como lo que es, la persona misma. En este artículo nos proponemos estudiar estos desafíos partiendo de la dignidad humana como principio fundamental y haciendo foco en cuatro cuestiones jurídicas: las intervenciones de mejora y su exigibilidad jurídica; la mercantilización de la vida humana; las crecientes desigualdades sociales y el surgimiento de nuevas formas de discriminación; y el principio de integridad de la especie humana.
El Código Civil y Comercial de la Argentina en su artículo 26 introduce un sistema gradual de capacidad para las personas menores de edad en relación con los tratamientos médicos. Partiendo de la Convención sobre los Derechos del Niño y... more
El Código Civil y Comercial de la Argentina en su artículo 26 introduce un sistema gradual de capacidad para las personas menores de edad en relación con los tratamientos médicos. Partiendo de la Convención sobre los Derechos del Niño y de las leyes de Salud Sexual y de derechos del paciente, estudiaremos el artículo, sus fundamentos y la distinción entre los tipos de tratamientos médicos y las edades del niño. También analizaremos las otras disposiciones sobre la responsabilidad parental y las leyes especiales referidas a temas de salud que continúan vigentes. Procuraremos mostrar que la mayoría de edad anticipada en materia médica tuvo origen en el contexto de los debates sobre el acceso de adolescentes a los anticonceptivos y que la extensión que realiza el nuevo Código Civil a todos los “tratamientos médicos” resulta problemática, desordenada, insuficiente y contradictoria con otras normas recientes.
The Argentine Civil and Commercial Code in its article 26 introduces a gradual system of capacity for minors in relation to medical treatments. Based on the Convention on the Rights of the Child and the Laws on Sexual Health and Patient Rights, we will study the article, its foundations and the distinction between the types of medical treatments and the ages of the child. We will also discuss the other provisions on parental responsibility and special laws on health issues that remain in force. We will try to show that the anticipated majority in medical matters originated in the context of the debates on the access of adolescents to contraceptives and that the extension made by the new Civil Code to all "medical treatments" is problematic, disorderly, insufficient and contradictory with other recent standards.
Por la conjunción de las biotecnologías, la ingeniería genética, la nanorobótica y las neurociencias, en alianza con las ciencias y tecnologías de la información, el cuerpo humano aparece atravesado por nuevos y complejos problemas éticos... more
Por la conjunción de las biotecnologías, la ingeniería genética, la nanorobótica y las neurociencias, en alianza con las ciencias y tecnologías de la información, el cuerpo humano aparece atravesado por nuevos y complejos problemas éticos y jurídicos. Se asume una mentalidad que considera al cuerpo como “material disponible” para ser transformada e incluso reemplazada a voluntad. En este trabajo procuramos presentar una descripción de algunas de las posibilidades biotecnológicas que intervienen sobre el cuerpo o sus partes. Luego realizamos una referencia a los principios jurídicos implicados en estas temáticas vinculadas con el cuerpo humano. Nos referimos sobre todo a la dignidad humana y sus proyecciones sobre la dimensión corporal de la persona. Finalmente, se consideran algunas posibles respuestas jurídicas a las cuestiones planteadas inicialmente, con particular relación a la situación del ordenamiento jurídico argentino.
Palabras clave: Cuerpo humano, Biotecnologías, Persona humana, Dignidad Humana.
Abstract:
Through the combination of biotechnologies, genetic engineering, nanorobotics and neurosciences, in alliance with the sciences and information technologies, the human body is crossed by new and complex ethical and legal problems. There is a mentality that considers the body as "available material" to be transformed and even replaced at will. In this work we try to present a description of some of the biotechnological possibilities that involve the human body or its parts. Then we make a reference to the legal principles implied in these issues related to the human body. We refer to human dignity and its projections on the body dimension of the person. Finally, we consider some possible legal responses to the issues raised initially, with particular regard to the situation of the Argentine legal system.
Keywords: Human Body, Biotechnologies, Human Person, Human Dignity.
A partir de una investigación sobre la aplicación de la ley 26657 de Salud Mental en los procesos civiles de capacidad de la Ciudad de Buenos Aires presentamos algunas conclusiones en relación a: a) la capacidad jurídica del interesado... more
A partir de una investigación sobre la aplicación de la ley 26657 de Salud Mental en los procesos civiles de capacidad de la Ciudad de Buenos Aires presentamos algunas conclusiones en relación a: a) la capacidad jurídica del interesado durante el proceso; b) los criterios de conformación y actuación del equipo interdisciplinario; c) los contenidos y alcances de las sentencias de restricción a la capacidad; y d) los procesos de revisión de sentencia. El estudio se realiza en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ley 26378 con jerarquía constitucional por ley 27044) y considerando las cuestiones planteadas por la ley de Salud Mental, la práctica judicial en los procesos civiles de capacidad y las proyecciones en relación al Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26994).
Información del artículo Matrimonio, familia y uniones de personas del mismo sexo en la Jurisprudencia de la Corte Europea.
Entre las numerosas proyecciones del nuevo art. 19 del cód. civil y comercial se encuentra su decisiva importancia ante la técnica conocida como " diagnóstico genético preimplantatorio " (DGP). El autor analiza las características que hoy... more
Entre las numerosas proyecciones del nuevo art. 19 del cód. civil y comercial se encuentra su decisiva importancia ante la técnica conocida como " diagnóstico genético preimplantatorio " (DGP). El autor analiza las características que hoy presenta el DGP y cuáles son las consecuencias que tiene el reconocer al ser humano como persona o no ante las finalidades con las que se pretende utilizar la técnica. Al respecto, sostiene que desconocer al embrión como persona y admitir el DGP supone generar las condiciones jurídicas para una selección eugenésica de la descendencia, de graves consecuencias sociales y con respecto al bien común. ABSTRACT Among the many projections of art. 19 of the cod. civil y comercial, we find its decisive importance to the technique known as " preimplantation genetic diagnosis " (PGD). The author analyzes the features of PGD today, as well as the consequences of recognizing the human being as a person or not to the purposes for which the technique is intended. In this regard, he states that ignoring the human person status of the embryo and admiting PGD involves generating the legal conditions for a eugenic selection of offspring, which would carry serious consequences for society and for the common good.
Research Interests:
Information Systems, Information Technology, Law, Jurisprudence, Comparative Law, and 48 more
Ponencia en las XXIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil de Argentina (Tucumán, 2011).
Research Interests:
La irrupción de las biotecnologías y sus extraordinarias aplicaciones terapéuticas, junto con justificados temores por sus potenciales usos contrarios a la persona humana, han suscitado una reflexión ética y jurídica, que se denomina... more
La irrupción de las biotecnologías y sus extraordinarias aplicaciones terapéuticas, junto con justificados temores por sus potenciales usos contrarios a la persona humana, han suscitado una reflexión ética y jurídica, que se denomina "bioética". Paralelamente, con la expansión de la globalización, los derechos humanos se presentan como un ineludible punto de referencia en la valoración ético-jurídica de estas aplicaciones. En el presente trabajo, abordamos tres escuelas de bioética y formulamos una caracterización de sus postulados en relación a la temática de los derechos humanos. Así, procuramos establecer algunas convergencias y divergencias en orden a determinar cómo procuran esas escuelas responder a la necesidad de sólidos principios bioéticos para afrontar los desafíos biotecnológicos. Finalmente, nos referimos a la centralidad que ocupa en la bioética y en los derechos humanos la noción de dignidad de la persona humana.
Se analiza el proyecto de ley con media sanción por la Cámara de Diputados de la Nación (2014) sobre regulación de las técnicas de fecundación artificial en la Argentina
New developments in genetics threaten, in different ways, the goal of intergenerational solidarity. With artificial reproduction techniques, the transmission of human life has shifted from the mutual donation of man and woman to the field... more
New developments in genetics threaten, in different ways, the goal of intergenerational solidarity. With artificial reproduction techniques, the transmission of human life has shifted from the mutual donation of man and woman to the field of desire and production. Concomitantly, advances in genetics afford the possibility of selecting the desired traits of children. This can be accomplished by the selection of gametes (for example the choice of a sperm donor with desirable genetic traits), the selection of embryos early in pregnancy (preimplantation diagnosis followed by the elimination of embryos with unwanted characteristics) or the selection of embryos later through eugenic abortion. The problem of who should pay for “bad genes” raises additional questions and generates new pressure to eliminate people who present genetic disadvantages. These developments render intergenerational relations ambivalent. The exercise of this genetic mastery gives the adult generation a new power over the offspring and subjects them to a new form of genetic dependency. The power to shape the genetics of the next generation raises many new issues for the juridical sciences. This article aims to analyze the ways in which this challenge to intergenerational solidarity occurs, the juridical principles involved, and the implications of the value of intergenerational solidarity.
Descripción: Resumen: El presente artículo analiza el tema de las técnicas de fecundación artificial en el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial presentado en el Congreso Argentino en el año 2012. Considera que el proyecto sólo... more
Descripción: Resumen: El presente artículo analiza el tema de las técnicas de fecundación artificial en el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial presentado en el Congreso Argentino en el año 2012. Considera que el proyecto sólo regula algunos efectos filiatorios y soslaya importantes cuestiones que son decisivas a la luz de la dignidad de la persona humana y sus derechos fundamentales. En concreto, se analizan críticamente cuatro presupuestos o cuestiones previas que condicionan la regulación jurídica del tema, a saber: a) La autorización o no de las técnicas de fecundación artificial; b) La cuestión del comienzo de la existencia de la persona humana; c) La autorización de la dación de gametos con fines reproductivos; d) La voluntad procreacional y la determinación de la filiación.

Abstract: This article analyses the issue of the reproductive techniques in the proposed new Civil and Commercial Code that has been presented in the Congress of Argentina during 2012. We consider that the project only regulates the filiation effects and ignores important issues that are decisive in the light of the dignity of the human person and his fundamental rights. Specifically, we critically analyze four previous issues that affect the legal regulation of the subject, namely: a) The authorization of artificial fertilization techniques; b) The question of the beginning of the existence of the human person; c) The authorization of gamete donation for reproductive purposes; d) The procreational will and the determination of parentage.
Se analizan las disposiciones del nuevo Código Civil y Comercial de la Argentina en torno a la persona por nacer.
Información del artículo Matrimonio, familia y uniones de personas del mismo sexo en la Jurisprudencia de la Corte Europea.
Research Interests:
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El Centro de Bioética, Persona y Familia publica su informe "Análisis del proyecto de ley de aborto libre y propuestas para la maternidad vulnerable".
Del 10 al 31 de julio de 2018 se realizaron las reuniones de las comisiones de Salud, de Justicia y Asuntos Penales y de Asuntos Constitucionales del Senado de la Nación en las que distintos expertos analizaron el proyecto de ley con... more
Del 10 al 31 de julio de 2018 se realizaron las reuniones de las comisiones de Salud, de Justicia y Asuntos Penales y de Asuntos Constitucionales del Senado de la Nación en las que distintos expertos analizaron el proyecto de ley con media sanción que pretende legalizar el aborto (expediente CD-22/18). Desde el Centro de Bioética, Persona y Familia analizamos las versiones taquigráficas de las reuniones conforme la versión disponible en la web senado.gov.ar y realizamos una compilación de citas textuales sobre algunos de los argumentos que más usualmente se utilizan para justificar la legalización del aborto. El informe incluye las frases que expresan cada argumento y las respuestas que se formularon a esos mismos argumentos en el transcurso de las reuniones. Creemos que esta recopilación puede ayudar a advertir que no sólo se han respondido las distintas razones invocadas para legalizar el aborto, sino que se han dado sólidos argumentos para sostener la inconstitucionalidad de la iniciativa y la necesidad de que se sancione una legislación favorable a la vida de la madre y el niño por nacer. Los argumentos en torno a los cuales se estructura este informe son: 1) El aborto como un problema de salud pública en Argentina 2) Legalización del aborto y la mortalidad materna en la experiencia internacional 3) Clandestinidad e inseguridad del aborto 4) El aborto y la pobreza 5) La prohibición del aborto como violación de la autonomía de la mujer 6) Legalizar el aborto no viola el bloque de constitucionalidad 7) Recomendaciones de los comités internacionales sobre aborto 8) La protección gradual e incremental de la vida 9) El aborto como pretendido "derecho humano" 10) El presunto fracaso del derecho penal 11) La media sanción de Diputados no incluye el aborto de personas con discapacidad 12) La media sanción no es un proyecto de ley de aborto irrestricto 13) Los que se oponen al aborto legal no tienen propuestas alternativas
En 2008, bajo el expediente nro. 2700-D-2008, se presentó por primera vez en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de ley impulsado por la campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Dado que los proyectos de ley que no son... more
En 2008, bajo el expediente nro. 2700-D-2008, se presentó por primera vez en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de ley impulsado por la campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Dado que los proyectos de ley que no son tratados por el Congreso pierden estado parlamentario al término del segundo año de su presentación, los promotores de la Campaña han vuelto a presentar la iniciativa cada dos años (exptes. 998-D-2010; 1218-D-2012; 2249-D-2014; 4161-D-2016; 230-D-2018). El proyecto de 2018 obtuvo media sanción por la Cámara de Diputados, pero fue rechazado por el Senado el 8 de agosto de 2018. Así, se volvió a presentar el proyecto en 2019 bajo el expediente 2810-D-2019.
En anteriores ocasiones hemos estudiado las propuestas de legalización del aborto y sus graves consecuencias, tanto en la violación del derecho a la vida, como en la consolidación de una cultura del descarte que desconoce las reales causas de vulnerabilidad en la maternidad.
En esta ocasión, desde el Centro de Bioética, Persona y Familia hemos analizado las 7 versiones del proyecto de ley para procurar determinar cómo ha ido cambiando la iniciativa a lo largo del tiempo, en torno a las distintas cuestiones jurídicas abordadas en el proyecto
El libro aborda las distintas vulnerabilidades jurídicas que pueden producirse en el ciclo vital. Acompaña también una teoría sobre la vulnerabilidad.
El 15 de enero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la ley 27610 de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo que legaliza el aborto en Argentina. La nueva norma tiene como origen un proyecto de ley elevado por el Poder... more
El 15 de enero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la ley 27610 de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo que legaliza el aborto en Argentina. La nueva norma tiene como origen un proyecto de ley elevado por el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso el 18 de noviembre de 2020, que tuvo un rápido tratamiento y resultó sancionado el 30 de diciembre de 2020. Por su parte, el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley el 14 de enero de 2021 con veto a dos artículos.
Durante todo el debate desde el Centro de Bioética, Persona y Familia participamos intensamente en la discusión pública y académica del texto legal , con diferentes boletines de análisis del proyecto de ley , sus fundamentos , del dictamen de Comisión , del texto con media sanción , del texto sancionado  y del decreto que promulgó la norma y la vetó parcialmente .
Así, tomando como base esos análisis y profundizándolos, nos proponemos en esta ocasión ofrecer un comentario completo de los 22 artículos de la ley , como contribución para el estudio y aplicación de una ley que, entendemos, es injusta e inconstitucional. Este trabajo tendrá como base el estudio de los debates parlamentarios a partir de las versiones taquigráficas de las discusiones de la ley en el Congreso. También se tendrá en cuenta los proyectos legislativos anteriores que la llamada Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito venía presentando en el Congreso, desde 2008 (expediente nro. 2700-D-2008), cada dos años (exptes. 998-D-2010; 1218-D-2012; 2249-D-2014; 4161-D-2016; 230-D-2018). El proyecto presentado en 2018 obtuvo media sanción por la Cámara de Diputados, pero fue rechazado por el Senado el 8 de agosto de 2018 . Así, se volvió a presentar el proyecto en 2019 bajo el expediente 2810-D-2019 .
Este comentario comienza con la descripción del trámite legislativo de la ley 27610, presenta un resumen de la ley seguido de una valoración general y luego se estructura en torno a los distintos artículos de la norma.
Lafferriere, Nicolás y Lell, Helga (2021). Los usos del término “dignidad” en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Jurídica. 20(43), 315-348. 10.22395/ojum.v20n43a13 ISSN 1692-2530, eISSN 2248-4078