Leopoldo M. A. Godio
Professor and researcher of Public International Law. Author and co-author of more than 200 papers in books, book chapters and articles in his areas of expertise, principally on international law, law of the sea, international environmental law and international trade.
Director at Public International Law Institute of the San Isidro Lawyers’ Bar Association. Member of the Institute of International Law of the National Academy of Law and Social Sciences of Buenos Aires. Member of the Institute of International Law of the Argentine Council for the International Relations and Full Member of the Argentine Association of International Law.
Address: "Instituto de Investigaciones Ambrosio L. Gioja": Av. Figueroa Alcorta 2263, 1st Floor, (C1425CKB), Buenos Aires, Argentina
Director at Public International Law Institute of the San Isidro Lawyers’ Bar Association. Member of the Institute of International Law of the National Academy of Law and Social Sciences of Buenos Aires. Member of the Institute of International Law of the Argentine Council for the International Relations and Full Member of the Argentine Association of International Law.
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Artículos (papers) by Leopoldo M. A. Godio
El Protocolo de Actuación constituye una guía de conducta desarrollada con el objeto de contribuir al combate contra la pesca ilegal e incrementar la eficacia de las medidas de conservación adoptadas por el Estado en los espacios marítimos donde posee competencias en razón de su soberanía o derechos de soberanía, según corresponda. En ese sentido, el Protocolo de Actuación es entendido como un complemento para la actuación de la PNA en sus facultades de vigilancia y control mediante sistemas radarizados y satelitales, buques guardacostas y aeronaves, estableciendo un procedimiento para la identificación, seguimiento, detención, visita, inspección y apresamiento de aquellos buques que contravengan el ordenamiento jurídico local e internacional adoptado de conformidad con la Convención de 1982.
En el presente trabajo analizaremos algunos de los principales aspectos que se discuten actualmente, con el objeto de presentar una reflexión crítica respecto de cada caso y valorar, finalmente, la importancia que puede contener su eventual utilización.
Sin embargo ¿Es este criterio de trabajo “transpolable” (con adaptaciones) a la ciencias jurídicas? Al respecto, encontramos la oposición del célebre jurista norteamericano Oliver Wendell Holmes Jr. (1841-1935), para quien el derecho está compuesto por una pluralidad de cosas, no sólo de la ley, en el que la realidad jurídica no puede ser objeto de un modelo matemático ni de la lógica, sino que es consecuencia de una dialéctica entendida como experiencia social acumulada en el tiempo. En otras palabras, Holmes entiende que la preservación de la lógica del sistema resulta insuficiente para justificar la razón de ser de las instituciones jurídicas y sus normas, debido a la necesidad de realizar, disimuladamente, una labor de ponderación constante de los valores e intereses sociales en pugna .
El esquema total del Derecho es, en la idea de Holmes “(…) el resultado de un conflicto en cada punto entre la lógica, entendida como generalización precipitada y como deducción silogística de aquellas generalizaciones, y el buen sentido, entendido como aquel tipo de razones que no encajan en la lógica matemática” .
Lo anterior constituye un punto de partida para analizar la tesis de la geometría legal propuesta por el jurista italiano Francesco Gentile (1936-2009) quien, desde la corriente de la filosofía práctica es considerado como un protagonista central del pensamiento político moderno que mediante la unidad y centralización de la soberanía estatal, permite sostener una teoría que justifica el derecho positivo en una única fuente estatal y que sus facultades o poderes de creación en las comunidades infra-políticas –y aún de la sociedad en su conjunto–, sólo se admiten como delegación de esa fuente indivisible .
embargo, esta teoría de los internacionalistas presenta casos que en la práctica tribunalicia requieren de un
análisis que transforme instituciones inicialmente pensadas para las relaciones entre los Estados, en conceptos
útiles para la resolución de controversias domésticas.
Este ejercicio resulta pertinente en el caso "Acción de Defensa del Consumidor J. E. G. c. Telecom
Argentina S.A.", decidido por la Sala IV de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de San Pedro de
Jujuy, el 5 de abril de 2017, a pesar de tratarse de un asunto domésticamente apto para su estudio desde el
Derecho administrativo, la teoría del Estado, el Derecho del consumidor, el Derecho constitucional o el Derecho
internacional público que es, precisamente, la impronta que desarrollaremos a partir del fallo señalado,
seleccionando dos aspectos sobresalientes analizables en relación con éste: a) La Disposición Transitoria
Primera de la Constitución Nacional, determinante para los argumentos construidos por los magistrados; y, b) El
territorio como elemento del Estado y sus características para el Derecho internacional público.
Para lograr el objetivo propuesto, se realizará una síntesis histórica de la CAN que nos permita advertir cómo fue su proceso de gestación para, luego, continuar con un análisis de sus instituciones y órganos de modo que nos habilite, finalmente, a realizar algunas consideraciones sobre sus desafíos actuales y futuros.
Abstract: The world oceans have played a crucial role in the contemporary international law, facilitating the communication and providing an important progress from the III United Nations Conference on the Law of the Sea held between 1973 and 1982, not only in respect of living and non-living resources, but have also served, stated Boczek, as a battleground for innumerable armed conflict and an area for projecting naval power with political goals used for peaceful as well non-peaceful purposes. In this paper, we will make a brief description of the development of military activities, his connections with the pacific purposes of the sea and we will later refer to some ideas that may be a starting point for an academic debate.
de solución de controversias en la III Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus
excepciones; II.1) Las sesiones iniciales y el debate sobre
el sistema de solución de controversias en general; II.2)
El debate del proyecto de artículos y las excepciones a la
solución de controversias; III. Las actividades militares
en el mar como excepción facultativa en la Sección 3 de
la Parte XV de la Convención; III.1) Examen del
concepto “actividades militares”; III.2) La contribución
de la noción “utilización del espacio oceánico con fines
pacíficos” en auxilio de una comprensión del significado
“actividades militares”; III.2.a) Las cláusulas sobre “fines
pacíficos” en instrumentos internacionales anteriores a la
Convención; III.2.b) Los debates sobre los “fines
pacíficos” en la III Conferencia; III.3) La relación entre
“fines pacíficos” y “actividades militares” en las
disposiciones finales de la Convención a la luz de la
Carta de la O.N.U.; IV. Conclusión.
El Curso procura ser un instrumento útil para aquellas personas que se aproximan por primera vez al derecho internacional, con el objetivo de brindarles un primer panorama de la materia. El propósito que guía a los autores es explicar el contexto, los principios y las normas del derecho internacional de una manera clara y concisa, evitando, en la medida de lo posible, la teoría y la especulación. Puede ser leído tanto como una introducción a la asignatura, pero también está diseñado para satisfacer la necesidad de una guía práctica para quienes están interesados o precisan consultar cuestiones de derecho internacional, ya sea en forma regular u ocasional.