La República Argentina
y laspueblo
inversiones
extranjeras
¡Abre los ojos,
americano!
directas. Análisis sobre el impacto de los procesos de
expropiación/nacionalización sobre la reputación
internacional del país (2002-2012)
José Marcelino
Fernández
Alonso
ORGANIZAN: UC – CIFF – IELAT
DOCUMENTOS DE TRABAJO UC-CIFF-IELAT Nº 9
Octubre 2012
La República Argentina y las inversiones extranjeras
directas. Análisis sobre el impacto de los procesos de
expropiación/nacionalización sobre la reputación
internacional del país (2002-2012)
José Marcelino Fernández Alonso
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Económica y Social
Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
Octubre 2012
La República Argentina y las inversiones extranjeras directas. Análisis
sobre el impacto de los procesos de expropiación/nacionalización sobre
la reputación internacional del país (2002-2012)
José Marcelino Fernández Alonso*
Resumen
¿Qué gravitación tiene la cuestión de la reputación internacional de los Estados en su
articulación con los flujos internacionales de inversión? Específicamente, ¿qué ocurre
con los influjos de inversión transnacional en aquellos Estados que impulsaron
acciones de expropiación y/o nacionalización de activos en manos de agentes
económicos extranjeros? Las inquietudes planteadas cobran inexpugnable relevancia
en el contexto inmediato de la República Argentina, cuyas últimas administraciones
adoptaron decisiones que afectaron sendas posiciones de inversores extranjeros en el
país. Justificadas con los argumentos de devenir la única alternativa en marco de una
crisis sin precedentes y/o favorecer al desarrollo nacional, tales decisiones plantearon
sendos interrogantes respecto a la inserción del país en los circuitos internacionales de
inversión.
Palabras claves:
República Argentina, Inversión Extranjera Directa, Reputación, Expropiación,
Nacionalización
Abstract
Which gravitation has the international reputation of States in its relationship with the
international investment flows? Specifically, what happens with transnational
investment inflows in those States which resolve expropriation/nationalization of
assets held by foreign traders? The concerns raised relevance in the immediate context
of Argentina, whose last government took several decisions that affected the ideas of
foreign investors towards the country. Presented as the only alternative under an
unprecedented crisis or as a contribution to national development, such decisions
raised a number of questions regarding the country's integration into the international
investment circuits.
Key words
Argentina, Foreign Direct Investment, Reputation, Expropriation, Nationalization
*
Doctor en Relaciones Internacionales. Becario Postdoctoral del Consejo de Investigaciones Científicas y
Técnicas (CONICET). Docente de Economía Internacional en la Facultad de Ciencia Política y Relaciones
Internacionales, Universidad Nacional de Rosario (UNR). josefernandezalonso@hotmail.com
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
Octubre 2012
Introducción
La misiva enviada por Antonio Brufau, Presidente Ejecutivo de Repsol, a la Presidenta
Cristina Fernández de Kirchner en la que puso de manifiesto la existencia de una
controversia entre la compañía a su cargo y la República Argentina se constituyó en el
primer paso de la petrolera de nacionalidad española en miras a su reclamo ante el
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI)1.
Remitida apenas días después de conocida la promulgación de la ley que habilitó la
expropiación del 51% de las acciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF)2, la
mentada carta prosiguió las disposiciones previstas en el Tratado de Promoción y
Protección de Inversiones firmado entre Argentina y España en 1991, el cual obliga a
las partes en pugna a entablar una negociación directa durante un período de seis
meses antes de activar un procedimiento de arbitraje internacional. Tal período de
negociaciones, destinado en este caso a devenir una etapa meramente procedimental,
se inauguró precisamente con el envío de la comunicación firmada por Brufau.
La decisión de la petrolera de proseguir el camino del reclamo arbitral en busca de una
compensación por acciones política-económicas identificadas como violatorias de sus
derechos en el país no resulta inédita para la historia nacional contemporánea. En este
contexto, es dable recordar que a la inminente demanda de Repsol ante el CIADI, le
antecedieron otros cuarenta y nueve procedimientos, a los cuales deben sumársele
otros ocho iniciados por otros inversores transnacionales3 ante tribunales arbitrales ad
hoc constituidos conforme las reglas de la Comisión de Naciones Unidas para el
Derecho Mercantil (CNUDMI). La mayoría de estos reclamos, bien cabe aclarar, fueron
interpuestos tras la implosión del régimen de convertibilidad, cuando ciertos
inversores extranjeros –con operaciones en servicios públicos privatizados,
1
Notificación de controversia y de inicio del plazo para su resolución amigable bajo el Acuerdo para la
Promoción y la Protección Recíproca de Inversiones entre el Reino de España y la República Argentina,
Madrid, 10 de mayo de 2012.
2
Ley No. 26.741, Yacimientos Petrolíferos Fiscales.
3
En correspondencia con lo planteado en trabajos anteriores del autor (Fernández Alonso, 2010a), el
estudio presente entiende por inversor transnacional a aquel agente económico que adquiere un activo
más allá de las fronteras de su Estado de origen con el propósito de obtener beneficios y rendimientos
en el transcurrir del tiempo. En la instrumentación de esta operación, el agente se vale no solamente de
las ventajas y/o derechos inherentes a su nacionalidad, sino también de las ventajas y/o derechos
alcanzados en el ordenamiento político-económico del sistema internacional en el marco de la
globalización, de ahí pues el carácter “transnacional”. Siguiendo a Cohn (2003: 321-2) se apunta que la
adjetivación “transnacional” no reniega la importancia que tiene el Estado de origen para la mayoría de
las firmas e inversores; sin embargo, refleja el significado diferencial que cada agente económico le
asigna a su nacionalidad. Bien vale acentuar que el concepto de inversor transnacional -de “inversión
transnacional”, por extensión- no se contrapone al término clásico de “inversor extranjero” (“inversión
extranjera”, por extensión). Se presenta, de hecho, en clave acumulativa, agregativa, para dar cuenta de
las capacidades y potestades que adquirieron los agentes económicos en la etapa global para
instrumentar –y hacer valer, sobre todo- sus inversiones en territorios diferentes a los de su
nacionalidad.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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principalmente- consideraron desvirtuados los términos y las condiciones económicoinstitucionales que habían motivado su radicación en el país. Concretamente, los
procedimientos cuestionaron en su mayoría la “pesificación” de los contratos y la
derogación de las cláusulas de ajuste de precios y tarifas dispuestas por la ley de
Emergencia y Cambio del Régimen Cambiario de inicios de enero de 20024. Aunque en
menor número, las demandas de los inversores transnacionales contra el país
conocieron otras causales, tales como la restricción a las transferencias de rentas al
exterior, la rescisión de contratos del Estado con empresas de diversos sectores o la
cesación de pagos de la deuda soberana. Conforme el interpretar de los inversores
demandantes, se trataban de resoluciones que debían de identificarse cual actos de
“expropiación indirecta”. Las respuestas de los tribunales arbitrales a cada una de
estas denuncias fueron variadas. De hecho, tales respuestas resultaron muchas veces
contradictorias entre sí, lo cual puso en evidencia las deficiencias de las instituciones
internacionales de arbitraje para resolver las disputas entre Estados e inversores
transnacionales de modo consistente5.
En paralelo al camino del “enforcement” provisto por las instituciones internacionales
de arbitraje, los inversores transnacionales que activaron reclamos contra el país
desandaron otros senderos o canales -“para-institucionales”, si se quiere- en busca de
las compensaciones pretendidas.
Por una parte, los inversores extranjeros procuraron instalar sus reclamos en las
agendas de sus respectivos Estados nacionales hacia la República Argentina. En función
de ello, llevaron adelante estrategias y acciones de influencia sobre los diferentes
organismos y/o decisores político-económicos de sus Estados de origen para que éstos
presionasen a sus pares argentinos ya fuese de modo directo –esto es, explicitando su
interés por la resolución pronta de las controversias con los inversores de su
nacionalidad- o a través de una política de vinculación de cuestiones6. Los resultados
agenciados en el marco de este sendero fueron variados al depender siempre de la
“permeabilidad” de los procesos decisorios de la política exterior de los respectivos
países nacionales hacia la República Argentina. Por otra parte, los resultados en este
marco dependieron de los recursos e instrumentos de cada uno de los Estados para
presionar efectivamente al país.
De modo alternativo, un número significativo de inversores en controversia con el
Estado argentino decidieron reducir y/o abandonar sus posiciones en el territorio
4
Ley No. 25.561, Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario.
No fueron pocos los académicos que durante los últimos años estudiaron las inconsistencias de las
respuestas institucionales a las demandas incoadas por inversores extranjeros contra la República
Argentina. Sin ánimo de presentar una lista cerrada o definitiva sobre el particular, se reconocen los
trabajos de Peña (2005); Stiglitz (2008) y Alvarez y Khamsi (2009).
6
Un análisis respecto a las estrategias y gestiones de lobby de las asociaciones de bonistas
norteamericanos se encuentra en Fernández Alonso (2009).
5
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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económico nacional, alegando la “falta de seguridad jurídica” o el “clima de negocios
adverso”. En breve, procuraron forzar una revisión de las políticas argentinas hacia las
inversiones e inversores afectados mediante una retaliación “autoadministrada”: la
“abstención”, esto es, la resolución de dejar de interactuar con –y en- el país. Esta
salida, la más radical de todas, acarreó costos tanto para el inversor como para el
propio país. En este respecto, se advierte que para el inversor extranjero la merma y/o
el retiro de sus posiciones en el país significó la resignación de los negocios que había
proyectado al momento de su radicación. Para la República Argentina, por su parte, la
respuesta de marras implicó la pérdida de recursos capitales para su proceso de
recuperación económica luego del colapso de 2001-2002.
Independientemente de los avatares reportados por los inversores transnacionales en
sus diversas iniciativas para hacer valer sus derechos, lo cierto es que todas las
acciones y discursos de reclamo forjaron incrementalmente la reputación de un Estado
imprevisible e incluso hostil en su trato hacia las inversiones extranjeras. La difusión y
el arraigo de tal idea en la “comunidad de negocios internacional” supuso –supone- un
revés para la estrategia de atracción de capitales externos vía reglas diseñada y
ejecutada por las autoridades política-económicas argentinas durante la “década
extendida” de los noventa y continuada de facto en el período post-neoliberal7.
El trabajo presente se propone explorar, a la luz de la experiencia argentina reciente, la
vinculación entre la reputación internacional de los Estados y el influjo de inversiones.
Se estima que el abordaje del caso argentino, cual Estado con mayor número de
denuncias iniciadas por inversores en las instituciones internacionales de arbitraje,
permite echar luz sobre la importancia de las valoraciones político-institucionales de
los agentes económicos transnacionales para radicar activos en el extranjero, factor en
buena medida desatendido por las teorías económicas clásicas en la materia. En este
sentido, se hace oportuno marcar que al poner el acento en factores relativamente
7
Según Oman (1999), los Estados pueden ensayar y ejecutar dos lógicas diferenciadas –aunque no
mutuamente excluyentes-, para atraer capitales externos: de una parte, las políticas “vía incentivos”, de
otra parte, las políticas “vía reglas”. Las políticas “vía reglas” dan cuenta de la serie de compromisos
asumidos por los Estados a fin de adoptar y garantir un marco institucional estable, transparente y
previsible. De modo general, se advierte que tales compromisos implican se proponen mejorar el
“ambiente general de negocios” mediante “la consolidación de la estabilidad económica y política, la
firma de tratados de integración regional, la garantía de los derechos de propiedad intelectual, el
fortalecimiento del sistema judicial, la desregulación de mercados, la liberalización de los flujos de
comercio y de capital”, entre otros (Chudnovsky y López, 2006:385). Por su lado, las políticas “vía
incentivos” se proponen atraer inversiones extranjeras mediante la concesión de prerrogativas
financieras (ayuda directa, créditos subsidiados, préstamos garantizados); fiscales (rebajas o exenciones
impositivas, depreciación acelerada de inversiones) y/o indirectas (provisión de terrenos e
infraestructura especial, acceso preferencial a compras del gobierno, garantía de posiciones
monopólicas, tratamientos regulatorios especiales, etc.). En el caso de la República Argentina, la
estrategia “vía reglas” se materializó mediante la firma y ratificación del más de medio centenar de
tratados bilaterales de inversión (TBI) y de la aceptación del arbitraje internacional como mecanismo
para la resolución de disputas eventuales entre el Estado argentino y los inversores extranjeros.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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estables y/o exógenos al (inter)actuar dinámico de los actores8, dichas teorías prestan
poca o nula atención al impacto de las decisiones políticas, siempre contingentes.
Tras esta breve introducción, el trabajo se divide en tres secciones. En la primera de
ellas, se explicitan las categorías que conforman el andamiaje teórico-conceptual del
estudio. En la segunda sección, en tanto, se contrastan en forma empírica los aportes
teóricos formulados en el apartado precedente. En función de ello, revisa los rasgos
nodales de las políticas de las últimas administraciones argentinas hacia las inversiones
extranjeras y los niveles de influjos de inversión extranjera directa (IED). Asimismo,
esta sección indaga una serie de trabajos realizados por organismos multilaterales y
consultoras internacionales en relación con la imagen del país forjada por inversores
extranjeros y agentes económicos internacionales varios. Finalmente, y en
conformidad con las convenciones para este tipo de producciones científicas, se
realizan consideraciones de corte conclusivo.
La cuestión de la reputación y los flujos de inversión internacional: reflexiones
teórico-conceptuales
En la construcción de su andamiaje teórico-conceptual, el trabajo se basa en el
capítulo cada vez más sólido de la teoría de las Relaciones Internacionales (RRII) y de la
Economía Política Internacional (EPI), en especial, dedicado a la cuestión de la
reputación.
El estudio parte de la noción de que todas las operaciones de IED se reconocen
atravesadas por la lógica que cierne sobre toda cooperación. Tal identificación se
fundamenta en que se tratan de transacciones en las que dos o más actores resuelven
interactuar en forma iterada en búsqueda de beneficios mutuos.
En el caso específico de las operaciones bajo análisis, los beneficios para los actores
resultan patentes: mientras que para los Estados, la radicación de inversiones
extranjeras implica el ingreso de recursos capitales para la dinamización y/o
diversificación de su economía; para los inversores, su operatoria en un nuevo país
redunda en la posibilidad de extender, de expandir sus actividades –y rentas, por
ende- más allá de las fronteras de su país de origen.
La consideración de tales beneficios no implica desconocer los costos asociados a toda
empresa cooperativa, a toda IED, verbigracia. En este marco, es dable recordar que
durante el transcurrir del intercambio los actores comprometen vastos recursos 8
Piénsese a modo de ejemplo el aprovechamiento de una ventaja propia/exclusiva de la empresa, el uso
de los recursos localizados en el territorio de destino o la utilización de externalidades del mercado.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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económicos, políticos, temporales, simbólicos, entre otros-, los cuales pueden
desvirtuarse por cambios eventuales del contexto, pero también por un
comportamiento contrario a las condiciones originales que habilitaron la interacción.
De igual manera, la ponderación de los beneficios asociados a la concreción de una IED
no descuida los beneficios –y costos- potenciales implicados en otras iniciativas, sean
particulares o colectivas. A tales efectos, resulta oportuno agregar que en paralelo a la
empresa cooperativa –la IED, por caso-, los actores evalúan otras opciones para la
acción las cuales presentan también una ecuación específica de beneficios y costos. A
título ilustrativo, puede referirse que los Estados pueden rehusar el avance de una IED
en función de los costos que podría acarrearle para su soberanía y/o autonomía. De
igual modo, los inversores pueden ponderar el materializar la IED en otras industrias,
sectores o países, inclusive.
Así pues, la radicación efectiva de la inversión extranjera no supone la única –ni últimaalternativa para los actores en consideración. En este sentido, es de advertir que ante
la imposibilidad de conocer plenamente el comportamiento de la contraparte una vez
iniciada la transacción, los actores pueden optar por el no involucramiento o por
iniciar, en su defecto, una relación de intercambios aunque en términos menores a los
planteados originalmente. En todos casos, los beneficios habrán de ser mayores que
los costos.
En base a esta línea argumental, se asume entonces que el comportamiento de los
Estados y de los inversores transnacionales se inscribe entonces dentro de una lógica
racional. A tales efectos, concibe que los actores definan sus estrategias y cursos de
acción en base a una evaluación de costos y beneficios, de las ventajas y desventajas
que cada alternativa le puede redituar. Este presupuesto, debe quedar bien en claro,
no implica apuntar que los actores son racionales, sino más bien que se comportan y
toman decisiones “como si lo fueran” (Sobel, 2006:28).
La incertidumbre derivada de las imprevisiones respecto al accionar subsiguiente del
otro resulta harto relevante en el marco de las inversiones extranjeras en virtud de las
características anárquicas del contexto en el que se desarrollan9 como así también de
la naturaleza disímil de los actores que en ellas convergen10. En este punto, resulta
imperioso indicar que ante la ausencia de un Leviatán mundial con capacidad de hacer
cumplir los compromisos, los agentes –tanto los estatales como los privados9
Mucho se ha debatido en la disciplina de las Relaciones Internacionales acerca del significado de la
anarquía en el contexto internacional. En aras de esclarecer el uso dado al concepto referido en este
trabajo, se advierte que en lo que sigue se entiende por “anarquía” a “la ausencia de una autoridad
central, de una jerarquía formal, con potestad de cumplir funciones semejantes a las desempeñadas por
un gobierno en el ámbito doméstico de un Estado” (Sobel, 2006:70). Traducción propia.
10
Por un lado, se ubican los actores estatales, orientados por fines públicos de una población
territorialmente asentada; por otro lado, se reconocen agentes en primer momento “deslocalizados” y
movidos por la consecución de réditos netamente privados (Chandler y Mazlish, 2005).
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reconocen grandes reparos para actuar cooperativamente debiendo instituir
mecanismos específicos para sancionar todo comportamiento que se aparte de las
condiciones normativas que habilitaron el intercambio. De la misma manera, la
naturaleza diferente de los actores supone vastos desafíos para ellos puesto cuentan
con atributos -e intereses, por extensión- muchas veces contrapuestos.
Desde la perspectiva de los inversores, las incógnitas sobre el devenir de la transacción
se vinculan con la posibilidad de experimentar comportamientos oportunistas por
parte de las autoridades del territorio político-económico en el que resolvió radicar la
operación. Sin ánimo de presentar una lista cerrada, se indica que entre tales
arbitrariedades posibles, destacan los riesgos de expropiación, de discriminación de
trato, de denegación de justicia, de falta de transparencia, entre otras11. En
correspondencia con los trabajos de Guasch, Laffont y Straut (2003) y Guash (2004),
debe subrayarse que los inversores no son los únicos que pueden identificarse
afectados por comportamientos oportunistas de su contraparte. Al respecto, puede
indicarse que los Estados también pueden reconocer la presión por el cambio de
normas y/o reglas (impositivas, regulatorias, laborales, medioambientales, etcétera)
por parte de los inversores una vez producida la operación.
Para hacer frente a los problemas derivados de un panorama signado por la
información incompleta, los actores –los inversores extranjeros, principalmenteescrutan el accionar pasado del otro con la expectativa de que éste se continúe en el
futuro. Es aquí entonces donde se revela la importancia de la reputación en el ámbito
de las operaciones de IED.
Dicho esto, y en concurrencia con Mercer (1996), el trabajo presente entiende por
reputación al conjunto de juicios respecto al comportamiento -a los patrones de
comportamiento, en términos específicos- de un actor en particular para predecir o
explicar su accionar en el futuro. Así pues, se advierte que la reputación no es un
atributo, una condición buena ni mala per se. La adjetivación a tal categoría, en todo
caso, es dada por terceros conforme sus ideas o percepciones contextuales12. En
11
En correspondencia con la teoría de la obsolescencia del poder de negociación forjada por Raymond
Vernon (1971), se afirma que mientras que el Estado receptor y el inversor reconocen intereses
compatibles en las instancias previas a la concreción de la inversión, tal situación de convergencia se
modifica una vez producida la operación. Tal razonamiento se basa en la idea de que efectivizada la
inversión, el Estado reconocería saldadas sus necesidades de capitales o recursos foráneos, deviniendo
consecuentemente obsoletos los términos de la negociación original (Woodhouse, 2007:7). El incentivo
de los Estados para modificar unilateralmente los términos originales que permitieron la operación
deriva de la advertencia que ya exiguas –o nulas- son las opciones de los inversores para retirar su
capital y destinarlo a otro territorio sin pérdida significativa (Schill, 2009:3).
12
Bien vale apuntar que la definición de reputación consignada en este trabajo difiere respecto a las
consignadas en los primeros estudios disciplinares sobre la cuestión. En Alxelrod (1984) y Keohane
(1984), por ejemplo, la reputación tiene una connotación inherentemente positiva. Bajo las lecturas de
los clásicos precitados, toda ganancia (pérdida) de reputación implicaba un mejor posicionaniento
(revés) para un actor en la esfera internacional.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
relación con lo antedicho, es dable marcar que al igual que toda idea o percepción, la
reputación no es inmutable, sino que está sujeta al cambio permanente.
Consiguientemente, se sostiene pues que la reputación no es un atributo que se
“gana” o “pierde” para siempre. Si bien existe una pluralidad de variables que afectan
las percepciones de los agentes político-económicos respecto al patrón de
comportamiento de otro, se sostiene junto a Tomz (2007) y Guzmán (2008), que la
principal causa del cambio de reputación remite a las variaciones efectivas o
materiales en el accionar del mentado actor. Dicho en términos más sencillos, las
alteraciones en la reputación se producen principalmente cuando un actor se
comporta de un modo diferente a lo esperado.
Dado que se desarrolla en un contexto en el que convergen múltiples actores, la
reputación presenta siempre un carácter dual: por un lado, remite a un proceso de
índole individual, en el que un agente en singular forja su juicio sobre el
comportamiento de un tercero; por el otro, remite a una construcción colectiva, en el
que una idea resulta crecientemente compartida por una pluralidad de actores. Los
límites entre el carácter individual y el colectivo de la reputación son difíciles de
identificar al derivar de procesos que se influyen en forma recíproca.
De esta manera, la reputación de un actor no es nunca uniforme ni rectilínea. En lo que
refiere al carácter individual de la reputación, se debe advertir que no todos los
actores sostienen las mismas ideas sobre determinado actor (Guzmán, 2008). A modo
de ejemplo, ha de comentarse que las representaciones de un inversor nacional de un
Estado del contexto contiguo (con quien se supone existen cercanías identitarias y/o
culturales) no es idéntica a la que tiene un inversor extrarregional. Lo propio puede
señalarse respecto a inversores con intereses y/o actividades en sectores diferentes de
la estructura económica. En este caso, los inversores presentes en un sector con un
grado alto de cumplimiento de los compromisos pueden tener una idea diferente de
otro inversor que interviene en un sector con otro historial en el comportamiento del
Estado. En este punto, el trabajo concurre con las formulaciones de Downs y Jones
(2002), para quienes la reputación debe pensarse siempre en términos segmentados.
Sin perjuicio de lo antedicho, y en alusión al carácter colectivo de la reputación, resulta
importante resaltar que la idea de un inversor sobre el patrón de comportamiento de
un Estado en particular no impide el surgimiento de ideas o imágenes compartidas con
otros. El proceso por el cual estas ideas comienzan a ser crecientemente compartidas
se asemeja a los consignados por los estudiosos de las RRII para las “comunidades
epistémicas”13. En el caso de la “comunidad de negocios”, tales ideas sobre la
reputación se forjan, reproducen y transmiten en el marco de las agencias calificadoras
13
Un trabajo seminal respecto a las comunidades epistémicas se encuentra en Haas (1992).
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de riesgo, organismos multilaterales de crédito, consultoras jurídico-económicas,
instituciones educativas, entre otros.
En concomitancia con Tomz (2007), se indica que si bien los inversores extranjeros no
pueden conocer el comportamiento de los Estados tras la concreción de la operación,
sí pueden inferir cómo será su comportamiento futuro estudiando el accionar pasado
de sus gobiernos en el trato a las IED. De acuerdo con el autor, el análisis de inversores
terminará por catalogar a los gobiernos dentro de uno de los tres patrones de
comportamiento alternativos en lo que atañe a las operaciones de IED. En primer
lugar, pueden reconocerse a los gobiernos que se abstienen de llevar acciones
contrarias a las IED aún en contextos adversos (shocks externos severos o una
emergencia nacional, por ejemplo) en miras de continuidad de los influjos de IED
(Tomz, 2007:238). En términos generales, se tratan de gobiernos que valoran
sobremanera a los capitales foráneos y sostienen horizontes político-económicos de
largo plazo. Calificados como “incondicionales”14, estos gobiernos obtienen alta
reputación entre los inversores. En segundo lugar, han de identificarse los gobiernos
que ponderan la importancia de las inversiones extranjeras e impulsan políticas de
atracción consecuentes con ello, empero no vacilan en impulsar acciones de
expropiación y/o nacionalización en contextos político-económicos desfavorables. En
función de ello, estos gobiernos son categorizados como “amigos circunstanciales” o
“de ocasión”15. Finalmente, se presentan los gobiernos que ponderan las demandas de
corto plazo del foro doméstico por sobre los beneficios eventuales de largo plazo y de
sus compromisos internacionales. Se refieren a gobiernos que no tienen reparos en
ejecutar expropiaciones y/o nacionalización tanto en tiempos de bonanza como de
adversidad, rehusándose además a erogar compensaciones por ello. De resultas, se
tratan de gobiernos que tienen mala reputación entre los inversores y por ello son
catalogados de modo eufemístico como “limones”16.
Tal cual lo arriba señalado, la categorización de los Estados –de sus gobiernos, por
extensión- no está ajena a la variación. Bajo esta línea argumental, se sostiene pues
que los gobiernos serán trasladados de una a otra categoría en conformidad con las
fluctuaciones en las percepciones de los inversores a propósito de las políticas
gubernamentales hacia el capital extranjero. A modo ilustrativo, puede indicarse que
un gobierno con reputación de “amigo circunstancial” será encumbrado al rango de
“incondicional”, si mantiene una política de respeto a las posesiones de los inversores
extranjeros en un contexto económico adverso. Precisamente, ésta fue la base de la
estrategia impulsada por las autoridades de la República Argentina durante el apogeo
del modelo neoliberal cuando el país suscribió el más de medio centenar de TBI y
aceptó la instancia del arbitraje internacional para ventilar eventuales controversias
14
“Stalwart”, en su versión original.
“Fair-Wheather”, en su versión original.
16
“Lemon”, en su versión original.
15
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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con los inversores transnacionales. Por contraste, si un gobierno de un Estado con
reputación intermedia procede a expropiar y/o nacionalizar diversas compañías de
inversores extranjeros sin ofrecer una compensación alguna durante un período
prolongado experimentará una recategorización “a la baja”, esto es, se constituirá en
un gobierno poco confiable o creíble para los inversores.
Llegado a este punto, y siguiendo los planteos de Tomz (2007), resulta importante
comentar que en base a los análisis sobre la reputación de un actor los inversores
extranjeros pueden acoger tres respuestas alternativas, a saber: primeramente,
pueden asumir los riesgos implícitos en la operación de inversión y llevarla
consecuentemente adelante; segundamente, pueden controlar tales riesgos mediante
la obtención de reaseguros del Estados receptor; finalmente, pueden evitar los
mentados riesgos rehusándose a materializar la operación.
De todo lo antedicho, se deduce pues que los términos y condiciones del influjo de IED
reflejan la creencia de los inversores respecto al patrón de comportamiento de los
Estados. En miras a contrastar empíricamente estos razonamientos teóricoconceptuales, el trabajo se dedica en lo subsiguiente a indagar la experiencia reciente
de la República Argentina en relación con la problemática bajo estudio.
La articulación de la República Argentina con los flujos internacionales de inversión
en el período postliberal
Como es bien sabido, en la República Argentina el iniciar del siglo XXI se correspondió
con el estallido de una crisis de exiguos precedentes. En este sentido, se evoca que tras
una recesión de 34 trimestres que le valiera una contracción cercana al 20% de su PIB y
una coyuntura político-social de suma inestabilidad, el país consumó la cesación de
pagos de su deuda soberana y la salida del régimen de la convertibilidad, el programa
económico-monetario el cual basado caja de conversión que se había constituido en el
eje rector de las relaciones políticas, económicas y sociales durante el imperar del
programa neoliberal. Atrás quedaron con el colapso, los elogios más efusivos de gran
parte de los países desarrollados y los organismos multilaterales de crédito durante la
década del noventa por la amplitud e intensidad de sus reformas de liberalización.
Diversas fueron las lecturas que se elaboraron desde las disciplinas dedicadas al
estudio de “lo social” para explicar la debacle argentina de 2001-2002. Algunas de
ellas, hicieron foco en consideraciones de índole político-sociológico. En este marco, se
inscribieron aquellas explicaciones que repararon sobre “la escasa capacidad de los
políticos argentinos para lograr acuerdos o sencillamente administrar el Estado o hasta
una resistencia genética de la sociedad argentina para abrazar los comportamientos
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sociales e individuales favorables al crecimiento económico (tales como el ahorro o el
respeto de las leyes)” (Gerchunoff y Llach, 2010: 452). No obstante, y en coincidencia
con los precitados autores, es de advertir que estas explicaciones adolecieron de
problemas de consistencia metodológica al atribuir la caída a factores negativos más o
menos constantes, presentes en el proceso de crecimiento de los años anteriores.
Otras interpretaciones se basaron, en cambio, en aspectos meramente económicos. En
términos generales, las lecturas que consideraron variables económicas cursaron
cuatro líneas de explicación. Conforme la primera de ellas, los orígenes de la crisis
remitieron a las características inmanentes del régimen de la convertibilidad,
particularmente la tendencia de éste a la sobrevaluación del tipo de cambio. Quienes
adscribieron a esta postura fijaron la atención fundamentalmente sobre la errada
elección del dólar estadounidense como moneda de paridad, dado que el porcentaje
de comercio con Estados Unidos no era tan significativo y el hecho de que los ciclos
económicos en ambos países no eran coincidentes17.
Otra explicación basada en criterios inmanentemente económicos puso el acento en
las dificultades de las autoridades nacionales y provinciales para observar el equilibrio
fiscal, requisito basal para la sustentabilidad de un esquema de caja de conversión.
Bajo esta perspectiva fue la falta de disciplina fiscal la que terminó por incrementar de
modo insostenible a la deuda una vez agotados los recursos extraordinarios recibidos
mediante el proceso de privatización y/o concesión18.
De acuerdo con la tercera interpretación de corte económico, el colapso argentino de
principios de siglo fue la resultante de la retracción abrupta de los flujos
internacionales de capital después de las sucesivas crisis de los mercados emergentes
en la segunda mitad de los noventa (de Rusia y Brasil, en especial, al converger con los
momentos de inicio de la recesión). Si bien reconocieron una serie de vulnerabilidades
de la economía nacional -alta dolarización, bajo ratio entre el PBI y exportaciones,
entre otras-, los analistas inscriptos en esta interpretación afirmaron que fueron las
características propias del sistema financiero internacional en la etapa global (la gran
volatilidad de los flujos de capital, en particular) las que sellaron la suerte del país19.
Finalmente, la cuarta línea de explicación forjada bajo el prisma de la economía
17
Perry y Servén (2003) y FMI (2004), son ejemplos claros de esta tesis.
18
Póngase por casos de esta postura, los trabajos de Mussa (2002) y Teijeiro (2002). Existen,
entre quienes sustentan la “hipótesis fiscal”, diferentes apreciaciones respecto a las razones
últimas de estos desequilibrios fiscales. Mientras que algunos llaman la atención sobre las
consecuencias de la reforma del sistema previsional, otros los vinculan con el aumento de las
primas de riesgo que la República Argentina debió de afrontar en los últimos años de la
década.
19
El diagnóstico que puso énfasis en los “shocks externos” estuvo representado por Hausmann y
Velazco (2002), Calvo et. al. (2003) y Damill et. al (2003).
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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entendió al estallido de la crisis como un problema de “expectativas frustradas”20.
Conforme este argumentar, durante la década del noventa los agentes (públicos y
privados) incurrieron en compromisos -y/o gastos- crecientes bajo la creencia de que
el contrato “marco” u “original” que suponía de la convertibilidad se mantendría
indefinidamente en el tiempo. Pero cada uno de estos compromisos, aparentemente
completos e incondicionales, eran sin embargo vulnerables a condiciones o situaciones
que excedían la voluntad de cada actor (el Estado argentino, en lo fundamental) por
honrarlos. Así pues, si bien el sostenimiento de la convertibilidad –de los contratos, en
general- dependía de la política fiscal, también lo hacía respecto a “las condiciones
internacionales y los efectos reales de la productividad e inversión en la capacidad
productiva de los bienes transables”, esto es, en última instancia, de las exportaciones
(Galiani et. al, 2003:34).
Sin desacreditar el poder explicativo de ninguna de las hipótesis recién reseñadas –
pasibles ciertamente de ser consideradas como complementarias- ha de marcarse que
es la última de todas, la que mayor correspondencia presenta con los ejes
argumentales de este trabajo. En este respecto, se advierte -junto a Mortimore y
Stanley (2006)- que detrás del diagnóstico de las expectativas frustradas puede bien
concebirse el revés de la estrategia de la búsqueda de credibilidad ante los inversores
extranjeros. Al respecto, bien vale recordar que con objeto de propiciar el arribo de los
capitales foráneos demandados por el proceso de restructuración, los decisores
político-económicos del noventa impulsaron una activa y amplia política de
compromisos con los inversores transnacionales. Sin embargo, estas promesas y/o
garantías -que se suponían incondicionales y que alentaron, en razón de ello, una toma
de riesgos incremental por parte tanto de actores estatales como privadoscomenzaron a desvirtuarse en concomitancia con el deterioro del régimen de la
convertibilidad, quedando completamente trastocadas tras el anuncio del default y la
promulgación de la Ley de Emergencia Económica, sobretodo. De modo agónico, el
país que había procurado mostrarse cual “amigo incondicional”, devino con las
decisiones de gestión de la crisis en un “circunstancial” o inclusive “limón”, conforme
con las categorías mentadas de Tomz.
Conforme se dijo precedentemente, la ley de Emergencia Económica puso fin al
esquema de la caja de conversión, delegando en el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) la
facultad para establecer una nueva política cambiaria y monetaria. Consecuentemente
con tal decisión, esta norma dejó “sin efecto las cláusulas de ajuste en dólar o en otras
divisas extranjeras y las cláusulas indexatorias basadas en índices de precios de otros
países y cualquier otro mecanismo indexatorio” (artículo 8). Además de ello, el mismo
artículo “pesificó” –en relación de uno a uno- todos los precios y tarifas que, incluidos
en los contratos públicos, resultaban expresados en dólares. Atento a las
20
Las ideas de esta interpretación son desarrolladas por Galiani et. al. (2003).
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
Octubre 2012
consecuencias negativas que dichas modificaciones acarrearían para las contrapartes
del Estado en los contratos mentados, la ley autorizó al PEN a iniciar una renegociación
general de los mismos. Se destacaban, lógicamente, entre ellos “los contratos de los
servicios públicos privatizados, cuyas variables económicas habían entrado en crisis
por la salida de la convertibilidad, principalmente en razón que los precios y tarifas
habían sido convenidos oportunamente en dólares” (Simeonoff, 2003:68).
Al modificar las “reglas de juego” de toda la economía, la Ley de Emergencia
Económica estableció también previsiones para la renegociación de los contratos entre
los privados. Para estos casos específicos, la norma ordenó un congelamiento
provisorio bajo la fórmula “un peso/un dólar”, quedando todos estos ellos sujetos a un
proceso de renegociación entre todas las partes afectadas. Aunque sin el detalle de las
estipulaciones definidas para los contratos públicos, la ley en referencia postuló que en
cada proceso de revisión de los contratos, los privados debían de procurar “compartir
de modo equitativo los efectos de la modificación de la relación de cambio”. En
aquellas situaciones en las que no se llegara a un acuerdo, la ley mandaba a resolverlas
en los ámbitos jurisdiccionales correspondientes.
Toda esta miríada de modificaciones normativo-económicas resultó más que
inquietante para el grueso de los inversores transnacionales al ver afectados las
ecuaciones de costos y beneficios que habían posibilitado su radicación en el país. Esta
situación resultaba más que inquietante para los inversores operadores en servicios
públicos, muchos de los cuales mantenían deudas en divisas extranjeras. De ahí pues,
que parte significativa de ellos decidiera incursionar en los diversos caminos para
reclamar por lo que identificaban acciones de expropiación indirecta. Conforme se
advirtió en la introducción, tres fueron los caminos alternativos que siguieron los
inversores transnacionales para activar sus reclamos, destacándose entre ellos el
sendero del arbitraje internacional, una instancia habilitada por el entramado de
compromisos internacionales -los TBI y la aceptación de las instituciones de arbitraje
internacional- suscripto y ratificado por el país durante la década del noventa, a la que
las autoridades político-económicas asumidas tras el colapso (tanto aquellas de
carácter provisional como las elegidas por elecciones directas luego) decidieron no
modificar.
A semejanza de lo apuntado en referencia a las causas del colapso, varias fueron las
interpretaciones sobre el porqué los decisores político-económicos del período postconvertibilidad resolvieron dejar inalterado el complejo de compromisos para con los
inversores transnacionales: la imperiosidad de no cargar un nuevo punto de conflicto
en las relaciones bilaterales del país -con las potencias desarrolladas, sobre todo-; la
necesidad de evidenciar la predisposición de los gobiernos para recomponer las
relaciones con los afectados; la (continuidad) de la valoración positiva de los mismos
como mecanismos centrípetos de IED, inclusive.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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Pero la salida crítica del régimen de la convertibilidad que afectó a todas relaciones
políticas, económicas y sociales –las del Estado con los inversores transnacionales,
entre ellas- fue la precondición para la recuperación del país a niveles poco
experimentados en el transcurrir histórico argentino. En efecto, a la modificación del
tipo de cambio y de los precios relativos a nivel doméstico le siguieron la expansión de
la producción y exportación de bienes y servicios, lográndose así revertir el ciclo
económico recesivo y dar lugar a un proceso de crecimiento que se extendió desde el
tercer trimestre de 2002 hasta los días del cierre del trabajo21.
Este crecimiento, oportuno resulta remarcar, estuvo vinculado a la asociación o
complementación de factores domésticos y externos. Por parte de los factores
externos, cabe señalar que el mentado proceso de crecimiento estuvo relacionado con
la expansión de la demanda internacional de productos agrícolas e industriales a éstos
relacionados; fenómeno impulsado por la gravitación cada vez más importante de las
denominadas “economías emergentes” (China, India, Rusia, Brasil, Sudáfrica,
principalmente).
Del lado doméstico, debe apuntarse la articulación de un set de políticas que, si bien
en primer momento reactivas y muchas veces tensionadas entre sí, lograron articular –
no sin reveses o contradicciones- un nuevo modelo de desarrollo, estructurado en
torno a políticas de corte neodesarrollista. Articulado en el promediar del gobierno
provisional de Eduardo Duhalde (2002-2003) y afianzado durante las administraciones
de Néstor Carlos Kirchner (2003-2007) y Cristina Fernández de Kirchner (2007, en
adelante), el nuevo modelo se estructuró en dos pilares, a saber: un reposicionamiento
del Estado como gerenciador de la actividad económica y una expansión sostenida de
la demanda doméstica.
Imperioso resulta decir, que al ponderar permanentemente las necesidades del ámbito
doméstico, los pilares de este nuevo modelo de desarrollo entraron frecuentemente
en conflicto con las estrategias e intereses de los inversores transnacionales,
sobretodo, con aquellos que habían arribado al país en el marco en virtud del proceso
de restructuración bajo la égida del neoliberalismo. A modo de ejemplo, puede
referirse que en aras de mantener el crecimiento de la demanda doméstica, los
decisores político-económicos del período demoraron al máximo de las posibilidades
todas las renegociaciones tarifarias con las firmas y/o consorcios operadores de los
servicios públicos, sector con gran presencia de inversores transnacionales.
Términos semejantes pueden indicarse respecto a la ejecución efectiva de los laudos
que favorecieron a los inversores en sus demandas arbitrales contra el país. En relación
con esto último, debe señalarse la exigencia de la República Argentina de que los
inversores transnacionales ejecutaran los laudos que les resultaran favorables en los
21
Agosto de 2012.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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tribunales nacionales, circunstancia rehusada por los demandantes por temor de que
el país impulsara la revisión de aquéllos en el foro interno.
Finalmente, el predominio de las variables domésticas por sobre los compromisos
internacionales con los inversores transnacionales puede ejemplificarse con las
iniciativas de expropiación y/o nacionalización directa llevadas adelante por las
administraciones nacionales de activos considerados estratégicos para el desarrollo
nacional, tal como ocurrió con los casos del espacio radioléctrico nacional (bajo la
concesión de la firma francesa Thales Spectrum); de Aguas Argentinas (bajo la
concesión de un consorcio franco-español liderado por Suez); Aerolíneas Argentinas
(en manos del grupo español Marsans) e YPF (en poder de la ya mencionada Repsol).
Todas estas decisiones, bien vale acentuar, se adoptaron para saldar demandas
domésticas de contexto, capitalizando consiguientemente el respaldo de buena parte
de la sociedad argentina22.
Las tensiones con los inversores transnacionales generadas por los ejes rectores del
nuevo modelo fueron recurrentemente acompañadas con discursos de confrontación
para con aquellos agentes económicos que se habían beneficiado durante la década
neoliberal (empresas transnacionales operadoras de servicios públicos, tenedores de
títulos públicos, organismos internacionales de crédito, entre otros). A resultas de ello,
no fueron pocos los analistas que identificaron en las políticas hacia las inversiones
extranjeras durante el período bajo análisis –durante las administraciones
encabezadas por Kirchner y Fernández de Kirchner, particularmente- ciertos rasgos de
“populismo atemperado”23.
Dicho esto, ha de señalarse que la coexistencia de los compromisos internacionales
propios de la década neoliberal y los discursos y prácticas de confrontación con los
inversores transnacionales alimentó la idea de una política ambivalente, propia de un
actor categorizado como “amigo de ocasión”. Esto es, de un actor que ofrece una
miríada de garantías normativas a los agentes económicos internacionales, aunque
condicionándolas en los hechos a las demandas eventuales del contexto.
Trazados los principales rasgos de las políticas nacionales hacia las inversiones
transnacionales tras el colapso de 2001-2002, deviene oportuno avanzar en el análisis
respecto al desempeño del país cual receptor de inversiones. Tal cual lo apuntado
22
En este marco, se debe notar que más allá de aparecer ante una mayoría significativa de la opinión
pública como la representación más acabada de la “soberanía perdida o relegada” durante la década
neoliberal, las empresas mentadas eran identificadas como las responsables principales de las
deficiencias y/o desequilibrios en los respectivos sectores de operación: Aguas Argentinas, de la mala
calidad en la provisión de agua en los distritos en los que operaba; AA, de la exigua interconexión aérea
en el territorio nacional; YPF, de la baja en la producción en el sector energético, entre los argumentos
de mayor peso.
23
Las producciones de Aboy Carlés (2005), Barros (2006) y Fernández Alonso (2010b) se inscriben
dentro este abordaje.
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
supra, los montos y términos de las operaciones de IED habrán de evidenciar la
reputación del Estado bajo análisis ante los inversores transnacionales. Conforme se
observa en el cuadro 1, los ingresos en IED en los años inmediatos posteriores a la
crisis (2003-2010) promediaron 4.153 millones de dólares. En lo fundamental, los
principales destinos de la inversión extranjera fueron la industria extractiva (minería e
hidrocarburos), la industria manufacturera (automotriz, de alimentos y bebidas) y
sector servicios (telecomunicaciones, en lo principal). En breve, sectores económicos
que no registraban un número importante de denuncias de inobservancia por los
compromisos relativos al trato hacia el inversor no nacional. En este sentido, es de
destacar la marcada ralentización de las inversiones extranjeras en servicios públicos,
proceso sin duda vinculado a las numerosas y enrevesadas controversias entre los
accionistas de las empresas operadoras en el sector y las autoridades en torno a la
renegociación de los contratos y tarifas.
Cuadro 1
INGRESOS NETOS DE INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA DE LAS PRINCIPALES
ECONOMÍAS DE AMÉRICA DEL SUR: 1998-2010 (En millones de dólares)
Promedio
1993-97
Argentina
Brasil
Chile
Colombia
Perú
Venezuela
5629
8014
3332
2409
2443
2111
1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010
4965
29192
4627
2828
1644
4985
22257
26866
8760
1507
1940
2890
9517
30497
4860
2436
809.7
4701
2005
24714
4199
2541
1144
3683
2776
14108
2549
2133
2155
782
878
9894
4307
1720
1335
2040
3448
8388
7772
3015
1599
1483
3954
12549
6983
10240
2578
2589
3098
-9380
7357
6463
3466
-590
4968
27518
9960
9028
5425
646
8334
24601
7108
8342
6187
-928
3299
36032
4813
4049
5177
-4939
5246
36918
6351
202
7133
-3794
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la CEPAL (2011)
En consideración de las conceptualizaciones del “paradigma ecléctico” de Dunning
(1994)24, puede señalarse que el destino de los ingresos en inversión extranjera dio
cuenta del predominio de las estrategias de búsqueda de recursos y de mercado;
impulsadas por el incremento del precio internacional de los commodities y el
mejoramiento de la demanda interna, respectivamente.
Contrastado con parámetros históricos, el promedio de influjos de IED en los años que
siguieron a la crisis fue marcadamente inferior al registrado durante los años
anteriores a la crisis, en el apogeo del proyecto neoliberal. Al respecto, puede
remarcarse que entre 1993 y 2000, el promedio anual de entradas en concepto de IED
alcanzó 6.119 millones de dólares.
Lo propio puede señalarse si se considera el desempeño de la República Argentina en
24
Dunning (1994) clasifica cuatro tipo de estrategias seguidas por las Empresas Transnacionales en sus
operaciones de inversión: búsqueda de recursos naturales (resource seeking); búsqueda de mercados
(market-seeking); búsqueda de eficiencia (efficiency seeking) y búsqueda de activos estratégicos
(strategic asset seeking).
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
términos regionales. Tal como se observa en el cuadro 1, el influjo de inversiones en el
país durante los años 2002-2010 resultó lejano al conocido durante este período por
Brasil, Chile y Colombia. Los datos consignados permiten colegir, de hecho, la pérdida
de posiciones relativas del país como economía receptora de capitales a nivel regional.
A tales efectos, se marca que de ocupar históricamente la primera o segunda posición
como “país con mayores ingresos de inversiones” en la región sudamericana, la
República Argentina devino en el transcurrir de los últimos años al tercer y cuarto
lugar. Esta situación resulta más que inquietante si se considera que el país reportó
tasas de crecimiento de su producto bruto interno superior a los demás Estados de la
región.
Cuadro 2
TASA DE VARIACIÓN DEL PRODUCTO INTERNO BRUTO DE LAS PRINCIPALES
ECONOMÍAS DE AMÉRICA DEL SUR: 2002-2010 (en %)
2002
2003
2004
2005
2006
Argentina
-10,9
8,8
9,0
9,2
8,5
Brasil
2,7
1,1
5,7
3,2
4,0
Chile
2,2
3,9
6,0
5,6
4,6
Perú
5,0
4,0
5,0
6,8
7,7
Venezuela
- 8,8
- 7,8
18,3
10,3
9,9
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la CEPAL (2011)
2007
8,7
6,1
4,6
8,9
8,8
2008
6,8
5,2
3,7
9,8
5,3
2009
0,9
- 0,3
- 1,7
0,9
- 3,2
2010
9,2
7,5
5,2
8,8
- 1,5
En continuidad con las teorizaciones detalladas en la sección anterior, se advierte que
los reveses en el desempeño de la República Argentina tanto en términos históricos
como regionales pueden interpretarse como claros indicios respecto a las ideas
(negativas) de los agentes económicos transnacionales en relación con el país.
Tales apreciaciones se reconocen refrendadas al analizar los diversos estudios
internacionales orientados a medir las percepciones de los referentes de la
“comunidad de negocios” internacional respecto a la “confianza” y/o el “clima de
inversiones” de los Estados. En este marco, se mencionan en primer lugar los
resultados reportados por el Banco Mundial en su Entreprise Survey. Orientado a
escrutar la percepción de las cúpulas empresariales respecto a las diversas variables
que afectan al desarrollo de los negocios, dicho trabajo sistematiza las respuestas de
miles de responsables de empresas con operaciones en el país. Hasta el momento, se
realizaron en dos ocasiones para la República Argentina: 2006 y 2010. En su primera
edición, el 16,3% de los encuestados identificaron a la inestabilidad política del país
como el principal obstáculo para sus operaciones. En su edición de 2010, tal porcentaje
cayó al 14% de los encuestados. No obstante ello, los resultados registrados en la
República Argentina superaba la media encontrada en el resto de los países de
América Latina y el Caribe: 12,3%, para el año 2006 y 7,6%, para el 2010.
El Foreign Direct Investment (FDI) Confidence Index elaborado por la consultora
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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norteamericana AT Kearney también presenta indicios respecto a las ideas
reputacionales de los inversores transnacionales hacia la República Argentina. Este
sondeo, aplicado a directivos de las multinacionales más importantes del mundo, se
propone como “una herramienta de perspectiva pasada y futura sobre los flujos
internacionales de inversiones” (AT KEARNEY, 2007:2). En función de ello, sistematiza
los resultados de los cuestionarios hasta descifrar las principales 25 economías más
atractivas para los inversores. El análisis histórico de los reportes constata la pérdida
relativa de la confianza de la República Argentina ante los inversores internacionales.
En este respecto, se advierte que de aparecer recurrentemente durante la década del
noventa entre los 25 Estados más confiables, el país desapareció de tal lista tras la
debacle de 2001-2002.
Reflexiones conclusiones
El trabajo se propuso abordar la vinculación entre la reputación internacional de los
Estados y su desempeño como receptor de inversiones extranjeras. En este respecto,
se propuso rastrear la mentada vinculación en el marco de un caso “caso extremo”: el
de la República Argentina cual Estado con el mayor número de disputas arbitrales con
inversores transnacionales.
Con tal fin, articuló un andamiaje teórico-conceptual en el que definió a la reputación
internacional como el conjunto de ideas que uno o varios actores esbozan respecto al
patrón de comportamiento de un tercero en específico (la de la República Argentina,
cual caso de estudio). Así pues, entendió a la reputación como una categoría cuya
adjetivación se construye en base a las percepciones sobre el patrón de
comportamiento de un actor en específico a fin de proyectarlo sobre el futuro.
En consideración de las características anárquicas y complejas del contexto
internacional, se advirtió que la reputación se constituye como el faro de los agentes
político-económicos para un devenir siempre incierto, (in)habilitando así las
interacciones iteradas entre actores de naturaleza diferenciada. En este marco pues, la
reputación se constituye como la razón del porqué actores tan diferentes logran
comprometerse en una relación a través del tiempo allende la ausencia de un Leviatán
mundial con capacidad para velar por el cumplimiento de los compromisos.
En lo que refiere a la problemática específica de las inversiones extranjeras, la
reputación de los Estados refleja la estimación de los agentes económicos
internacionales a propósito del compromiso de ese actor en particular de no afectar o
dañar a los capitales foráneos. En base a las formulaciones de Tomz (2007), se
consideró que tras sus evaluaciones respecto al accionar pasado de los Estados, los
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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inversores los categorizan dentro de una de tres opciones: “amigos incondicionales”,
“amigos de ocasión” y “limones”.
Conforme se advirtió, las autoridades político-económicas nacionales que asumieron
tras el colapso político-institucional de principios de siglo decidieron mantener
inalterado el complejo de compromisos internacionales asumidos y ratificados en
virtud de la estrategia de atracción de inversiones extranjeras “vía reglas” diseñada y
ejecutada por el país durante la “década extendida” de los noventa. Pero esta decisión
no valió para aminorar las incertidumbres de los inversores transnacionales puesto
que la mentada continuidad legal-normativa no fue correspondida con discursos y
acciones que permitieran reposicionar al país como un “incondicional”. Más aún, debe
recordarse que durante el período bajo estudio los decisores nacionales resolvieron
privilegiar las demandas domésticas del contexto, relegando consecuente los
compromisos asumidos con los inversores transnacionales. En este respecto,
procedieron, por ejemplo, a demorar las renegociaciones de los contratos con las
operadoras de servicios públicos, a retardar la ejecución de los laudos arbitrales
adversos y a encarar procesos de expropiación/nacionalización sobre compañías en
manos de capitales extranjeros consideradas claves para el desarrollo nacional. En este
punto, deviene oportuno subrayar que la mentada política de predominio de las
demandas domésticas contextuales pudo sostenerse en buena parte por las
deficiencias de las instituciones internacionales de arbitraje para saldar de modo
eficiente –esto es, de modo rápido y coherente- y a las dificultades de los gobiernos
nacionales de los inversores afectados para presionar al Estado argentino. Con todo,
ha de marcarse que las decisiones de las autoridades argentinas no resultaron exentas
de costos.
Todas estas circunstancias acarrearon una recategorización “a la baja” de la reputación
internacional del país, lo cual terminó de afectar el desempeño del país en materia de
recepción de IED. En consonancia con lo apuntado en el desarrollo del trabajo, los
influjos de capitales extranjeros orientados a operaciones de inversión directa
estuvieron lejos de alcanzar los registros obtenidos en la década del noventa. De la
misma manera, es de marcar que los ingresos de IED durante el período bajo estudio
evidenciaron una pérdida relativa de posiciones en la región sudamericana. En relación
con esto último, debe recordarse que de ostentar históricamente los primeros lugares
como economía receptora de IED, la República Argentina pasó a presentarse como la
tercera o cuarta.
El desempeño reciente de la República Argentina en materia de influjos de IED se
corresponde cabalmente con la idea sostenida en el apartado teórico-conceptual
respecto a que las decisiones de inversión extranjera ponderan no sólo los beneficios
económicos potenciales, sino también el trato eventual del gobierno una vez radicada
la operación. De no ser así, el influjo de IED debería haber mostrado un desempeño
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
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diferente, sobre todo en consideración de los indicadores de crecimiento económico
reportados por el país tras el colapso de 2001-2002.
Por último, se debe marcar que los resultados obtenidos en el marco de la
investigación no conllevan una censura de las decisiones de expropiación y/o
nacionalización de firmas extranjeras. Simplemente, sostiene que estas resoluciones
de ningún modo resultan gratuitas.
Bibliografía
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Fernández Alonso. “La República Argentina y las inversiones extranjeras directas”
Colección de Documentos de Trabajo Conjuntos IELAT-CIFF (UAH) y UC
DTI Nº1: Carlos Marichal, Crisis financieras y debates sobre la globalización: reflexiones
desde la historia económica latinoamericana. Junio 2011.
DTI Nº 2:Renaldo Antonio Gonsalves, A construção dos mercados monetários e
financeiros no Brasil: A história da moeda que transitou da hiperinflação para a
valorização. Agosto 2011.
DTI Nº 3: José Luis Machinea, Desaceleración o recesión global: los márgenes de la
política económica. Octubre 2011.
DTI Nº 4: Alejandro Izquierdo y Ernesto Talvi (coordinadores), One Region, Two
Speeds? Challenges of the New Global Economic Order for Latin America and the
Caribbean. Diciembre 2011.
DTI Nº 5: Rosa Matilde Guerrero, Kurt Focke y Ana Cristina M. de Pereira, Supervisión
con base en riesgos: precisión del marco conceptual. Febrero 2012.
DTI Nº 6: Pablo Sanguinetti, Acceso a servicios financieros, desarrollo y bienestar en
América Latina. Abril 2012.
DTI Nº 7: Pablo López y Marcelo Rougier, Los Bancos de Desarrollo en América Latina
en los años de la industrialización por sustitución de importaciones. Junio 2012.
DTI Nº 8: Manuel Lucas Durán, Fiscalidad y libre circulación de capitales y pagos en el
Derecho de la Unión Europea: análisis jurisprudencial. Agosto 2012.
DTI Nº 9: José Marcelino Fernández Alonso, La República Argentina y las inversiones
extranjeras directas. Análisis sobre el impacto de los procesos de
expropiación/nacionalización sobre la reputación internacional del país (2002-2012).
Octubre 2012.
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_______________________________________________________
Todas
las
publicaciones
están
disponibles en las páginas Web de las
tres instituciones participantes: IELAT,
CIFF y Universidad de Cantabria.
http://www.ielat.es/
http://www.ciff.net/
http://www.unican.es/
Los
documentos
de
trabajo
desarrollados contienen información
analítica sobre distintos temas y son
elaborados por diferentes miembros de
las instituciones participantes u otros
profesionales colaboradores de las
mismas. Cada uno de ellos ha sido
seleccionado y editado por IELAT-CIFFUC, tras ser aprobado por la Comisión
Académica correspondiente.
Desde este ámbito de reflexión
animamos a que estos documentos se
utilicen y distribuyan con fines
académicos indicando siempre la
fuente. La información e interpretación
contenida en los documentos son de
exclusiva responsabilidad del autor y no
necesariamente reflejan las opiniones
del IELAT-CIFF-UC.
Universidad de Alcalá
Universidad de Cantabria
Colegio de Trinitarios
C/Trinidad 1 – 28801
Alcalá de Henares (Madrid)
España
34 – 91 885 5278
guido.zack@uah.es
P.V.P.: 20 €
Con la colaboración de: