The purpose of this paper is to reflect on the advantages of choice of court agreements in intern... more The purpose of this paper is to reflect on the advantages of choice of court agreements in international trade, with regard to The Hague Convention of 30 June 2005. From a methodological point of view, the study adopts the perspective of the countries of the European Union, which have several international instruments to regulate choice of court agreements, and then reflects more broadly on The Hague Convention, applicable in relations with countries outside this area of integration, such as Mexico. In relation to the Convention, its key aspects are analysed, highlighting the advantages that derive from them in terms of legal certainty and predictability. The analysis is accompanied by reflections on the influence that Regulation 1215/2012 may have on its application, with special attention to the form of choice of court agreements. The result is to highlight the value of an international Convention, which to date has had little practical significance, as well as to warn of the interpretation that can be made of it by the courts of the European Union.
1. INTRODUCCIÓN En las líneas que siguen pretendemos analizar el impacto que tiene el proceso de ... more 1. INTRODUCCIÓN En las líneas que siguen pretendemos analizar el impacto que tiene el proceso de globalización o mundialización que vive nuestra actual sociedad internacional 1 . sobre un aspecto concreto relacionado con el sector de la contratación, más precisamente. sobre la pretensión existente de elaborar un derecho contractual uniforme o común a todos los Estados miembros de la Unión Europea. Si la globalización o mundialización consiste básicamente. desde un punto de vista económico, en la tendencia de los mercados y empresas a extenderse para alcanzar una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras nacionales, es lógico pensar que ello trae consigo un importante desarrollo del comercio internacional 2. Y dicho desarrollo o cambio de la realidad social exige, como ha puesto de relieve la doctrina. una oportuna adaptación de las normas de Derecho internacional privado 3. Así, se puede decir en trazos muy generales, que en el sector de la contratación internacional asistimos a...
Este articulo analiza el procedimiento para la aprobacion del Reglamento 1259/2010 sobre ley apli... more Este articulo analiza el procedimiento para la aprobacion del Reglamento 1259/2010 sobre ley aplicable al divorcio y separacion judicial a traves de cooperacion reforzada, asi como su contenido. A fin de favorecer la libre circulacion de personas y la seguridad juridica, el Reglamento refuerza la autonomia de las partes dando a los conyuges una posibilidad limitada de eleccion de ley. En su defecto, el Reglamento determina la ley aplicable en base a una serie de puntos de conexion subsidiarios, que atienden a la residencia habitual, la nacionalidad y la lex fori.
En los últimos tiempos asistimos a un desarrollo considerable del número de adopciones internacio... more En los últimos tiempos asistimos a un desarrollo considerable del número de adopciones internacionales, motivado por factores que afectan tanto a los países de origen de los menores, como a los países de los adoptantes.1 En el primer caso, los altos índices de natalidad, la situación de precariedad económica, las guerras y violencia generalizada... motivan que exista un elevado número de niños desasistidos, susceptibles por tanto de adopción. En el segundo, la generalización y accesibilidad de los métodos anticonceptivos, la legalización del aborto, la mejora de la consideración legal y social de las madres solteras, el desarrollo de políticas sociales de apoyo a la familia... provocan, por el
Revista electrónica de estudios internacionales , 2020
El art. 10 del Reglamento 2019/1111 supedita la elección de foro en materia de responsabilidad pa... more El art. 10 del Reglamento 2019/1111 supedita la elección de foro en materia de responsabilidad parental al cumplimiento de una serie de condiciones, que son objeto de análisis en este trabajo: el menor debe estar estrechamente relacionado con el Estados miembro, cuyos órganos jurisdiccionales son elegidos, en especial por alguna de las circunstancias que se enumeran en el propio precepto; es necesario el acuerdo de las partes, así como de cualquier otro titular de la responsabilidad parental, que debe hacerse cumpliendo unos determinados requisitos formales y temporales; y el ejercicio de la competencia debe responder al interés superior del menor. El trabajo toma como referencia el art. 12 del Reglamento 2201/2003 y la jurisprudencia del TJUE sobre este precepto, para explicar el sentido de los cambios que se introducen. Las relaciones entre las normas de competencia judicial internacional del Reglamento 2019/1111 y del Convenio de La Haya de 1996 también son objeto de análisis en este trabajo.
Resumen: En materia de responsabilidad parental, el Reglamento 2201/2003 tiene que aplicarse conj... more Resumen: En materia de responsabilidad parental, el Reglamento 2201/2003 tiene que aplicarse conjuntamente con el Convenio de La Haya de 1996, en el que la Unión Europea ha decidido participar. La coordinación de estos dos instrumentos internacionales ha resultado difícil, en relación particular-mente con las normas de competencia judicial internacional. Uno de los objetivos del nuevo Reglamento 2019/1111 ha sido solventar este problema, con la adición de un nuevo párrafo al precepto dedicado a regular las relaciones con el Convenio de La Haya del 96 (art. 61 del Reglamento 2201/2003, ahora art. 97 del Reglamento 2019/1111), que es objeto de análisis en el presente estudio. Palabras clave: Reglamento 2019/1111, Convenio Haya 1996, coordinación, normas de compe-tencia judicial internacional. Abstract: In parental responsibility issues, Regulation 2201/2203 has to be applied in conjunction with the 1996 Hague Convention, in which the European Unión has decided to participate. The coordination of these two bodies of international rules has shown to be difficult, particularly in relation with the jurisdiction rules. One of the objectives of new Regulation 2019/1111 is to solve this problem, with the addition of a new paragraph to the article dedicated to regulate the relations with the 1996 Hague Convention (art. 61 of Regulation 2201/2003, now art. 97 of Regulation 2019/1111), which is analysed in this study. Sumario: I. Introducción. II. La participación de la Unión Europea en el CH 96. III. El mar-co de relaciones entre el Reglamento (UE) 2019/1111 y el CH 96. 1. El Reglamento 2019/1111 y las relaciones con otros instrumentos internacionales. 2. Determinación del ámbito de coincidencia * Este trabajo se realiza en el marco de las actividades de la Cátedra Jean Monnet sobre derecho de familia y sucesiones en la Unión Europea (Reference number: 599094-EPP-1-ES-EPPJMO-CHAIR), de la que la autora es titular. Las opiniones y valoraciones que se realizan en el presente trabajo son de la exclusiva responsabilidad de la autora.
Resumen: Esta Sentencia tiene por objeto la interpretación del artículo 15 del Reglamento (CE) N.... more Resumen: Esta Sentencia tiene por objeto la interpretación del artículo 15 del Reglamento (CE) N.o 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1347/2000. La cuestión que se planteó era cómo había que proceder en una situación caracterizada por el hecho de que los tribunales de los dos Estados miembros afectados tenían competencia judicial internacional conforme a las disposiciones de este Reglamento para conocer del fondo del asunto. Palabras clave: remisión a un órgano jurisdiccional mejor situado, tribunal competente para co-nocer del fondo del asunto. Abstract: This judgment refers to the interpretation of Article 15 of Council Regulation (EC) Nº
Resumen: Esta sentencia se refiere a la interpretación del art. 8 del Reglamento 2201/2003. La cu... more Resumen: Esta sentencia se refiere a la interpretación del art. 8 del Reglamento 2201/2003. La cuestión prejudicial la formuló un tribunal inglés en un procedimiento entre UD y XB, madre y padre de una menor nacida en Bangladés. Se cuestionó si la presencia física de la menor en el Reino Unido cons-tituía un elemento necesario del concepto de residencia habitual, dado que nunca había estado en este país. La cuestión se formuló en un contexto muy particular, pues la menor nació en Bangladés debido a que la madre, supuestamente, estaba siendo retenida bajo coacción en este país por el padre. Palabras clave: residencia habitual, menor lactante, madre retenida bajo coacción en un tercer Estado. Abstract: This judgment refers to the interpretation of Article 8 of Regulation 2201/2003. The request for the preliminary ruling was made by an English court in a proceeding between UD and XB, mother and father of an infant, born in Bangladesh. The English court questioned whether physical presence was an intrinsic element of the concept of habitual residence, as the girl had never been in The United Kingdom. This question was made in a very particular context, as the child was born in Ban-gladesh because the mother, supposedly, was being kept through coercion in that country by the father. Keywords: habitual residence, infant, mother kept through coercion in a third State. Sumario: I. Presentación de la Sentencia del TJUE de 17 de octubre de 2018, UD y XB, as. 393/18 PPU. 1. Los hechos. 2. Las cuestiones que se formulan. II. Análisis de la Sentencia del TJUE de 17 de octubre de 2018, UD y XB, as. 393/18 PPU. 1. La aplicación del Reglamento 2201/2003 en las situaciones conectadas con terceros Estados. 2. La jurisprudencia del TJUE sobre el concepto de residencia habitual en el marco del Reglamento 2201/2203. 3. La presencia física del menor en un Estado miembro como elemento configurador del foro general de la residencia habitual.
This article deals with the regulation of the derogatio fori in Spain after the amendment of the... more This article deals with the regulation of the derogatio fori in Spain after the amendment of the Ley Orgánica del Poder Judicial (Judiciary Organization Act). The article focuses on the way Spanish tribunals should act to verify that the parties have agreed to submit the dispute to a foreign tribunal and that such agreement is valid from a formal and substative perspective, in order to stay the proccedings in Spain
Resumen: La Sentencia del TJUE de 12 de octubre de 2016, Kostanjevec, as. 185/15, se refiere a la... more Resumen: La Sentencia del TJUE de 12 de octubre de 2016, Kostanjevec, as. 185/15, se refiere a la interpretación del art. 6.3 del Reglamento 44/2001. Se pidió al TJUE que dilucidara si el art. 6.3 del Reglamento 44/2001 permite que el tribunal que conoce de una demanda inicial derivada de un contrato pueda conocer de una reconvención, mediante la cual se solicita, sobre la base de un enriquecimiento sin causa, el reembolso de una cantidad correspondiente al importe pactado en un acuerdo extrajudicial, a raíz de la anulación de la resolución judicial dictada en el procedimiento inicial entre las partes. Palabras clave: ámbito de aplicación temporal del Reglamento 44/2001, concepto de reconvención, pretensión basada en un enriquecimiento sin causa.
Abstract: The ECJ Judgment 12 October 2016, Kostanjevec, c-185/15, refers to the interpretation of art. 6.3 of Regulation 44/2001. The ECJ was asked whether art. 6.3 of Regulation 44/2001 allows the court which has jurisdiction for a claim arising out of a contract to hear a counterclaim seeking the reimbursement on the ground of unjust enrichment of a sum corresponding to the amount agreed in an extrajudicial settlement, following the setting aside of the judgment delivered in the original proceedings between the parties.
En este libro se realiza un análisis comparado de la regulación de los acuerdos de elección de fo... more En este libro se realiza un análisis comparado de la regulación de los acuerdos de elección de foro en el Convenio de La Haya de 2005 y en el Reglamento 1215/2012. El análisis parte de una serie de reflexiones sobre las ventajas que ofrecen en términos de previsibilidad y seguridad jurídica este tipo de acuerdos, para reflejar después los mecanismos existentes para proteger la eficacia de estos acuerdos frente a estrategias procesales, más o menos oportunistas, consistentes en acudir a tribunales distintos de los acordados. La obra prosigue con un análisis de cuándo debe aplicarse uno u otro instrumento internacional para regular los efectos de prórroga y derogación propios de este tipo de acuerdos, que se acompaña de referencias a otros instrumentos internacionales que también pueden resultar relevantes, a fin de ofrecer una panorámica completa de su regulación. Tras ello, el lector encontrará un análisis detallado de los requisitos de forma y fondo que deben revestir los acuerdos de elección de foro para ser válidos, donde se ponen de manifiesto las similitudes y diferencias que presentan el Reglamento 1215/2012 y el Convenio de La Haya de 2005 a este respecto. En la última parte del libro se desarrolla pormenorizadamente cómo debe procederse en el caso de que, a pesar de existir un acuerdo de elección de foro, se hubiera iniciado el proceso ante unos tribunales distintos de los acordados. El análisis se detiene especialmente en la regla particular en materia de litispendencia que se ha introducido en el Reglamento 1215/2012, que difiere de la solución, más abierta y flexible, que se ofrece en el Convenio de La Haya, que también es objeto de estudio.
The purpose of this paper is to reflect on the advantages of choice of court agreements in intern... more The purpose of this paper is to reflect on the advantages of choice of court agreements in international trade, with regard to The Hague Convention of 30 June 2005. From a methodological point of view, the study adopts the perspective of the countries of the European Union, which have several international instruments to regulate choice of court agreements, and then reflects more broadly on The Hague Convention, applicable in relations with countries outside this area of integration, such as Mexico. In relation to the Convention, its key aspects are analysed, highlighting the advantages that derive from them in terms of legal certainty and predictability. The analysis is accompanied by reflections on the influence that Regulation 1215/2012 may have on its application, with special attention to the form of choice of court agreements. The result is to highlight the value of an international Convention, which to date has had little practical significance, as well as to warn of the interpretation that can be made of it by the courts of the European Union.
1. INTRODUCCIÓN En las líneas que siguen pretendemos analizar el impacto que tiene el proceso de ... more 1. INTRODUCCIÓN En las líneas que siguen pretendemos analizar el impacto que tiene el proceso de globalización o mundialización que vive nuestra actual sociedad internacional 1 . sobre un aspecto concreto relacionado con el sector de la contratación, más precisamente. sobre la pretensión existente de elaborar un derecho contractual uniforme o común a todos los Estados miembros de la Unión Europea. Si la globalización o mundialización consiste básicamente. desde un punto de vista económico, en la tendencia de los mercados y empresas a extenderse para alcanzar una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras nacionales, es lógico pensar que ello trae consigo un importante desarrollo del comercio internacional 2. Y dicho desarrollo o cambio de la realidad social exige, como ha puesto de relieve la doctrina. una oportuna adaptación de las normas de Derecho internacional privado 3. Así, se puede decir en trazos muy generales, que en el sector de la contratación internacional asistimos a...
Este articulo analiza el procedimiento para la aprobacion del Reglamento 1259/2010 sobre ley apli... more Este articulo analiza el procedimiento para la aprobacion del Reglamento 1259/2010 sobre ley aplicable al divorcio y separacion judicial a traves de cooperacion reforzada, asi como su contenido. A fin de favorecer la libre circulacion de personas y la seguridad juridica, el Reglamento refuerza la autonomia de las partes dando a los conyuges una posibilidad limitada de eleccion de ley. En su defecto, el Reglamento determina la ley aplicable en base a una serie de puntos de conexion subsidiarios, que atienden a la residencia habitual, la nacionalidad y la lex fori.
En los últimos tiempos asistimos a un desarrollo considerable del número de adopciones internacio... more En los últimos tiempos asistimos a un desarrollo considerable del número de adopciones internacionales, motivado por factores que afectan tanto a los países de origen de los menores, como a los países de los adoptantes.1 En el primer caso, los altos índices de natalidad, la situación de precariedad económica, las guerras y violencia generalizada... motivan que exista un elevado número de niños desasistidos, susceptibles por tanto de adopción. En el segundo, la generalización y accesibilidad de los métodos anticonceptivos, la legalización del aborto, la mejora de la consideración legal y social de las madres solteras, el desarrollo de políticas sociales de apoyo a la familia... provocan, por el
Revista electrónica de estudios internacionales , 2020
El art. 10 del Reglamento 2019/1111 supedita la elección de foro en materia de responsabilidad pa... more El art. 10 del Reglamento 2019/1111 supedita la elección de foro en materia de responsabilidad parental al cumplimiento de una serie de condiciones, que son objeto de análisis en este trabajo: el menor debe estar estrechamente relacionado con el Estados miembro, cuyos órganos jurisdiccionales son elegidos, en especial por alguna de las circunstancias que se enumeran en el propio precepto; es necesario el acuerdo de las partes, así como de cualquier otro titular de la responsabilidad parental, que debe hacerse cumpliendo unos determinados requisitos formales y temporales; y el ejercicio de la competencia debe responder al interés superior del menor. El trabajo toma como referencia el art. 12 del Reglamento 2201/2003 y la jurisprudencia del TJUE sobre este precepto, para explicar el sentido de los cambios que se introducen. Las relaciones entre las normas de competencia judicial internacional del Reglamento 2019/1111 y del Convenio de La Haya de 1996 también son objeto de análisis en este trabajo.
Resumen: En materia de responsabilidad parental, el Reglamento 2201/2003 tiene que aplicarse conj... more Resumen: En materia de responsabilidad parental, el Reglamento 2201/2003 tiene que aplicarse conjuntamente con el Convenio de La Haya de 1996, en el que la Unión Europea ha decidido participar. La coordinación de estos dos instrumentos internacionales ha resultado difícil, en relación particular-mente con las normas de competencia judicial internacional. Uno de los objetivos del nuevo Reglamento 2019/1111 ha sido solventar este problema, con la adición de un nuevo párrafo al precepto dedicado a regular las relaciones con el Convenio de La Haya del 96 (art. 61 del Reglamento 2201/2003, ahora art. 97 del Reglamento 2019/1111), que es objeto de análisis en el presente estudio. Palabras clave: Reglamento 2019/1111, Convenio Haya 1996, coordinación, normas de compe-tencia judicial internacional. Abstract: In parental responsibility issues, Regulation 2201/2203 has to be applied in conjunction with the 1996 Hague Convention, in which the European Unión has decided to participate. The coordination of these two bodies of international rules has shown to be difficult, particularly in relation with the jurisdiction rules. One of the objectives of new Regulation 2019/1111 is to solve this problem, with the addition of a new paragraph to the article dedicated to regulate the relations with the 1996 Hague Convention (art. 61 of Regulation 2201/2003, now art. 97 of Regulation 2019/1111), which is analysed in this study. Sumario: I. Introducción. II. La participación de la Unión Europea en el CH 96. III. El mar-co de relaciones entre el Reglamento (UE) 2019/1111 y el CH 96. 1. El Reglamento 2019/1111 y las relaciones con otros instrumentos internacionales. 2. Determinación del ámbito de coincidencia * Este trabajo se realiza en el marco de las actividades de la Cátedra Jean Monnet sobre derecho de familia y sucesiones en la Unión Europea (Reference number: 599094-EPP-1-ES-EPPJMO-CHAIR), de la que la autora es titular. Las opiniones y valoraciones que se realizan en el presente trabajo son de la exclusiva responsabilidad de la autora.
Resumen: Esta Sentencia tiene por objeto la interpretación del artículo 15 del Reglamento (CE) N.... more Resumen: Esta Sentencia tiene por objeto la interpretación del artículo 15 del Reglamento (CE) N.o 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1347/2000. La cuestión que se planteó era cómo había que proceder en una situación caracterizada por el hecho de que los tribunales de los dos Estados miembros afectados tenían competencia judicial internacional conforme a las disposiciones de este Reglamento para conocer del fondo del asunto. Palabras clave: remisión a un órgano jurisdiccional mejor situado, tribunal competente para co-nocer del fondo del asunto. Abstract: This judgment refers to the interpretation of Article 15 of Council Regulation (EC) Nº
Resumen: Esta sentencia se refiere a la interpretación del art. 8 del Reglamento 2201/2003. La cu... more Resumen: Esta sentencia se refiere a la interpretación del art. 8 del Reglamento 2201/2003. La cuestión prejudicial la formuló un tribunal inglés en un procedimiento entre UD y XB, madre y padre de una menor nacida en Bangladés. Se cuestionó si la presencia física de la menor en el Reino Unido cons-tituía un elemento necesario del concepto de residencia habitual, dado que nunca había estado en este país. La cuestión se formuló en un contexto muy particular, pues la menor nació en Bangladés debido a que la madre, supuestamente, estaba siendo retenida bajo coacción en este país por el padre. Palabras clave: residencia habitual, menor lactante, madre retenida bajo coacción en un tercer Estado. Abstract: This judgment refers to the interpretation of Article 8 of Regulation 2201/2003. The request for the preliminary ruling was made by an English court in a proceeding between UD and XB, mother and father of an infant, born in Bangladesh. The English court questioned whether physical presence was an intrinsic element of the concept of habitual residence, as the girl had never been in The United Kingdom. This question was made in a very particular context, as the child was born in Ban-gladesh because the mother, supposedly, was being kept through coercion in that country by the father. Keywords: habitual residence, infant, mother kept through coercion in a third State. Sumario: I. Presentación de la Sentencia del TJUE de 17 de octubre de 2018, UD y XB, as. 393/18 PPU. 1. Los hechos. 2. Las cuestiones que se formulan. II. Análisis de la Sentencia del TJUE de 17 de octubre de 2018, UD y XB, as. 393/18 PPU. 1. La aplicación del Reglamento 2201/2003 en las situaciones conectadas con terceros Estados. 2. La jurisprudencia del TJUE sobre el concepto de residencia habitual en el marco del Reglamento 2201/2203. 3. La presencia física del menor en un Estado miembro como elemento configurador del foro general de la residencia habitual.
This article deals with the regulation of the derogatio fori in Spain after the amendment of the... more This article deals with the regulation of the derogatio fori in Spain after the amendment of the Ley Orgánica del Poder Judicial (Judiciary Organization Act). The article focuses on the way Spanish tribunals should act to verify that the parties have agreed to submit the dispute to a foreign tribunal and that such agreement is valid from a formal and substative perspective, in order to stay the proccedings in Spain
Resumen: La Sentencia del TJUE de 12 de octubre de 2016, Kostanjevec, as. 185/15, se refiere a la... more Resumen: La Sentencia del TJUE de 12 de octubre de 2016, Kostanjevec, as. 185/15, se refiere a la interpretación del art. 6.3 del Reglamento 44/2001. Se pidió al TJUE que dilucidara si el art. 6.3 del Reglamento 44/2001 permite que el tribunal que conoce de una demanda inicial derivada de un contrato pueda conocer de una reconvención, mediante la cual se solicita, sobre la base de un enriquecimiento sin causa, el reembolso de una cantidad correspondiente al importe pactado en un acuerdo extrajudicial, a raíz de la anulación de la resolución judicial dictada en el procedimiento inicial entre las partes. Palabras clave: ámbito de aplicación temporal del Reglamento 44/2001, concepto de reconvención, pretensión basada en un enriquecimiento sin causa.
Abstract: The ECJ Judgment 12 October 2016, Kostanjevec, c-185/15, refers to the interpretation of art. 6.3 of Regulation 44/2001. The ECJ was asked whether art. 6.3 of Regulation 44/2001 allows the court which has jurisdiction for a claim arising out of a contract to hear a counterclaim seeking the reimbursement on the ground of unjust enrichment of a sum corresponding to the amount agreed in an extrajudicial settlement, following the setting aside of the judgment delivered in the original proceedings between the parties.
En este libro se realiza un análisis comparado de la regulación de los acuerdos de elección de fo... more En este libro se realiza un análisis comparado de la regulación de los acuerdos de elección de foro en el Convenio de La Haya de 2005 y en el Reglamento 1215/2012. El análisis parte de una serie de reflexiones sobre las ventajas que ofrecen en términos de previsibilidad y seguridad jurídica este tipo de acuerdos, para reflejar después los mecanismos existentes para proteger la eficacia de estos acuerdos frente a estrategias procesales, más o menos oportunistas, consistentes en acudir a tribunales distintos de los acordados. La obra prosigue con un análisis de cuándo debe aplicarse uno u otro instrumento internacional para regular los efectos de prórroga y derogación propios de este tipo de acuerdos, que se acompaña de referencias a otros instrumentos internacionales que también pueden resultar relevantes, a fin de ofrecer una panorámica completa de su regulación. Tras ello, el lector encontrará un análisis detallado de los requisitos de forma y fondo que deben revestir los acuerdos de elección de foro para ser válidos, donde se ponen de manifiesto las similitudes y diferencias que presentan el Reglamento 1215/2012 y el Convenio de La Haya de 2005 a este respecto. En la última parte del libro se desarrolla pormenorizadamente cómo debe procederse en el caso de que, a pesar de existir un acuerdo de elección de foro, se hubiera iniciado el proceso ante unos tribunales distintos de los acordados. El análisis se detiene especialmente en la regla particular en materia de litispendencia que se ha introducido en el Reglamento 1215/2012, que difiere de la solución, más abierta y flexible, que se ofrece en el Convenio de La Haya, que también es objeto de estudio.
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that Regulation 1215/2012 may have on its application, with special attention to the form of choice of court agreements. The result is to highlight the value of an international Convention, which to date has had little practical significance, as well as to warn of the interpretation
that can be made of it by the courts of the European Union.
Palabras clave: ámbito de aplicación temporal del Reglamento 44/2001, concepto de reconvención, pretensión basada en un enriquecimiento sin causa.
Abstract: The ECJ Judgment 12 October 2016, Kostanjevec, c-185/15, refers to the interpretation of art. 6.3 of Regulation 44/2001. The ECJ was asked whether art. 6.3 of Regulation 44/2001 allows the court which has jurisdiction for a claim arising out of a contract to hear a counterclaim seeking the reimbursement on the ground of unjust enrichment of a sum corresponding to the amount agreed in an extrajudicial settlement, following the setting aside of the judgment delivered in the original proceedings between the parties.
that Regulation 1215/2012 may have on its application, with special attention to the form of choice of court agreements. The result is to highlight the value of an international Convention, which to date has had little practical significance, as well as to warn of the interpretation
that can be made of it by the courts of the European Union.
Palabras clave: ámbito de aplicación temporal del Reglamento 44/2001, concepto de reconvención, pretensión basada en un enriquecimiento sin causa.
Abstract: The ECJ Judgment 12 October 2016, Kostanjevec, c-185/15, refers to the interpretation of art. 6.3 of Regulation 44/2001. The ECJ was asked whether art. 6.3 of Regulation 44/2001 allows the court which has jurisdiction for a claim arising out of a contract to hear a counterclaim seeking the reimbursement on the ground of unjust enrichment of a sum corresponding to the amount agreed in an extrajudicial settlement, following the setting aside of the judgment delivered in the original proceedings between the parties.